A dos años y poco más de siete meses de la muerte del capitán Rafael Acosta Arévalo bajo custodia del Estado venezolano, dos funcionarios responsables de su homicidio fueron condenados a 30 años de prisión. El caso, que se ha convertido en uno de los más emblemáticos sobre la tortura en el país, cobra aún más relevancia en el marco de las investigaciones por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela.
Estas son cinco claves sobre lo que sucedió y la importancia del caso a nivel nacional e internacional:
1. Junio de 2019: la detención
Rafael Acosta Arévalo era un capitán de corbeta retirado de la Armada venezolana. Fue detenido por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) el 21 de junio de 2019 en Guatire, estado Miranda, cuando se dirigía a una reunión personal con otros militares. El 22 de junio, Waleska Pérez, su esposa, publicó un video en el que denunciaba no saber nada de su paradero desde la tarde del día anterior.
En una transmisión televisiva el 26 de junio de ese año, el entonces ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez, confirmó su detención y señaló a Acosta Arévalo de participar en una conspiración para un golpe de Estado que se iba a realizar los días 23 y 24 de junio de 2019 llamado “Vuelvan Caras”. Sin anunciar su lugar de reclusión, Rodríguez mostró videos del capitán y sus coacusados.
Un día después, el fiscal general Tarek William Saab aseguró que el Ministerio Público había abierto una investigación sobre la conspiración. El funcionario señaló a 14 individuos incluyendo civiles y militares retirados, dentro de los cuales estaba el capitán Acosta Arévalo. La investigación fue asignada a la Fiscalía Nacional Trigésimo Novena.
Esa misma noche, el entonces presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello, dijo en su programa “Con el Mazo Dando” que Acosta Arévalo y otros acusados estaban detenidos y “a buen resguardo de las autoridades, declarando y sumando a lo que tengamos que sumar”.
Su familia no supo su ubicación y su defensa no pudo comunicarse con él hasta el 28 de junio de 2019.
2. Su muerte
Rafael Acosta Arévalo falleció el 28 de junio de 2019, el día de su audiencia de presentación ante el Tercer Juzgado Militar de Control del Municipio Libertador, señalado por delitos militares (traición a la patria, rebelión militar e instigación a la rebelión).
Acosta Arévalo había entrado a la audiencia en silla de ruedas. Según su abogado, quien pudo tener una breve interacción con él, lo primero que hizo fue pedir ayuda. No podía articular ninguna palabra, no podía mover sus manos o piernas. Estaba descalzo, adolorido y sangrando. Su abogado le preguntó si había sido torturado y él asintió con la cabeza.
El tribunal ordenó su traslado inmediato al hospital militar Vicente Salias Sanoja en Fuerte Tiuna, donde llegó sin signos vitales. Según un informe de Amnistía Internacional, Acosta Arévalo falleció en la sede de la Corte Marcial y no en el hospitalito de Fuerte Tiuna, como se aseguró oficialmente. Murió en la sala donde se llevaría a cabo la audiencia.
Según el informe forense, Acosta Arévalo tenía 38 heridas. Tenía el tabique nasal roto, abrasiones en el hombro, los codos y las rodillas, y moretones en varias partes del cuerpo, incluyendo el muslo, los glúteos y la espalda. Su cuerpo también mostraba una fractura en un pie y signos de quemaduras en su pie y en su muñeca.
Su causa de muerte, según los resultados de la autopsia, fue un edema cerebral grave por insuficiencia respiratoria aguda, debido a la descomposición muscular causada por un politraumatismo generalizado. Su familia solicitó acceso a su cadáver para realizar una autopsia independiente, pero no obtuvo respuesta.
La administración de Nicolás Maduro reconoció su muerte el 29 de junio. El cuerpo del capitán Acosta Arévalo fue enterrado el 10 de julio de 2019 en un proceso controlado por el Estado.
Un día después de su muerte, la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, expresó su preocupación y pidió una investigación eficaz que no descartara el delito de tortura.
3. La responsabilidad
Dos oficiales de la Dgcim fueron acusados por el Ministerio Público el 30 de junio de 2019: el teniente Ascanio Antonio Tarascio Mejía y el sargento segundo Estiben José Zárate Soto, de 23 y 22 años, del asesinato del capitán Acosta Arévalo. Ambos era oficiales de bajo rango de la Dirección Especial de Investigaciones Penales y Criminalísticas (Deipc) de la Dgcim.
Fueron los únicos arrestados en relación con el caso. Inicialmente fueron acusados de homicidio preterintencional concausal, lo que significa que el autor tenía la intención de herir pero no de matar. En esa oportunidad, el Ministerio Público no realizó una investigación sobre las denuncias de tortura.
En octubre de 2019, los funcionarios admitieron los hechos y obtuvieron una rebaja de un tercio de la pena y fueron condenados a solo seis años y ocho meses de prisión.
En su informe de septiembre de 2020, la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela, presentado ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, indicó que tenía “motivos razonables para creer que se cometió arresto y detención arbitraria, así como desaparición forzada de corto plazo contra el capitán Acosta Arévalo”.
También indicó que tenía motivos razonables para creer que se cometieron torturas y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes hasta el punto de causarle la muerte, e indicó que la responsabilidad penal podría extenderse más allá de los autores directos.
4. Reposición del proceso y reconocimiento de tortura
En octubre de 2020, por la influencia del informe de la Misión, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló la sentencia y ordenó la reposición del proceso judicial contra los efectivos de la Guardia Nacional Ascanio Antonio Tarascio Mejía y Estiben José Zarate Soto, imputados por la muerte del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo.
El TSJ pidió al Ministerio Público presentar una nueva acusación tras afirmar que en dicho proceso se cumplieron actuaciones que atentan contra el derecho a la defensa, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, y a los derechos de la víctima del delito.
El 22 de octubre de 2020 se celebró una nueva audiencia en la que los imputaron por homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y tortura, anunció Tarek William Saab. En noviembre se presentó la acusación. En mayo de 2021, Saab reconoció que Acosta Arévalo fue torturado y asesinado, lo que dio un nuevo giro al caso.
Este 4 de febrero de 2022, el abogado del caso del capitán, Alonso Medina Roa, anunció que el Tribunal 12 de Juicio condenó a 30 años de prisión al teniente Ascanio Antonio Tarascio y al sargento Estiben Zárate Soto por considerarlos responsables de homicidio calificado y torturas en contra del capitán Rafael Acosta Arévalo.
5. Altos funcionarios siguen impunes
Solo dos funcionarios fueron arrestados y condenados por el caso. Desde su muerte, organizaciones como Provea han pedido investigar la responsabilidad de los altos funcionarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb) por ser un caso de tortura.
El informe de septiembre de 2021 de la Misión de Determinación de Hechos sobre Venezuela encontró que autoridades de alto nivel dentro de la Dgcim tuvieron conocimiento y contribuyeron a la comisión de los hechos, incluyendo al Director General, al Subdirector General, así como al Director de la Dirección Especial de Investigaciones Penales y Criminalísticas y al Jefe de la Unidad de Asuntos Especiales.
La Misión destacó que halló motivos razonables para creer que estos funcionarios de alto nivel, al tener mando y control efectivo, no tomaron medidas para prevenir las violaciones o para reprimirlas.
Organizaciones no gubernamentales como Provea y Acceso a la Justicia consideraron que la actuación de las autoridades con referencia a este caso correspondían a intentos por inhibir la actuación del fiscal Karim Khan de la Corte Penal Internacional (CPI), que en noviembre de 2021 anunció que el caso Venezuela avanzaría a una investigación formal por la supuesta comisión de crímenes de lesa humanidad.
La condena a los dos funcionarios se da en el marco del la extensión del lapso otorgado por la CPI al gobierno de Nicolás Maduro para que informe si investiga crímenes de lesa humanidad en el país, y si ha iniciado juicios auténticos contra los máximos responsables señalados.
Con información de ONU, AI, Provea, Efecto Cocuyo.