El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que 4.334 voceras y voceros indígenas son los que están facultados para elegir a diputados y concejales en ocho estados del país, donde hay representación de los pueblos originarios.
Este martes 21 de septiembre el Poder Electoral informó la «aprobación del Registro Electoral definitivo de las comunidades indígenas«.
En su cuenta de Twitter colgaron un cuadro donde se detalla el número de voceras y voceros indígenas por estados.
Desde las elecciones parlamentarias de diciembre de 2020 las poblaciones indígenas venezolanas perdieron su derecho a votar de forma universal, directa y secreta por sus representantes. Esto después de una normativa que aprobó la escogencia, a través de voceras y voceros indígenas, en asambleas.
Aunque las elecciones regionales y municipales se convocaron para el 21 de noviembre, la escogencia de la representación indígena, como pasó el 6 de diciembre de 2020, se realizará en un proceso separado que se convovó para el 26 de noviembre.
El pasado mes de mayo, organizaciones como el Partido Nacional Indígena (Parlinve), la Organización Socialista Bolivariana Unida (Osibu), el Movimiento de los Pueblos Indígenas de Venezuela (Mopive) y Evolución pidieron al CNE derogar el reglamento que impone la votación en segundo grado en los estados con población indígena.
Sin embargo, los nuevos rectores del CNE dieron luz verde a un reglamento que fija la elección de la representación indígena «por elecciones realizadas en asambleas populares conforme a sus usos, tradiciones y costumbres, de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y lo dispuesto por el Consejo Nacional Electoral, por el sistema de mayoría relativa de votos».
El 13 de septiembre las organizaciones indígenas que postularon candidatas y candidatos, previa escogencia en asambleas con voceras y voceros indígenas como los autorizados para escoger, seleccionaron el puesto en la boleta electoral.
En esa oportunidad, Evolución y Parlamento Indígena de Venezuela (Parlinve) denunciaron a Efecto Cocuyo una serie de irregularidades para estos comicios. La principal, que se mantiene la elección de segundo grado (solo los voceros escogidos en asambleas eligen) para votar por la representación indígena, lo cual viola el artículo 63 de la Constitución que consagra el voto universal y directo.
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