¿Se debate ley que incluye cárcel a religiosos “que prediquen a horas impropias”?

Ni ley ni cárcel. Una cadena dice que se debate una supuesta ley de “protección doméstica en el senado de la república venezolana”, propuesta que incluiría “cárcel a religiosos por predicar a horas impropias”. Sin embargo, esto es mentira: la información circula desde el 2016 y ha pasado por al menos cuatro países antes de llegar a Venezuela.

Las primeras líneas de la cadena dicen: “¡¡¡MUY TRISTE !!!…   FAMILIA!!!!: El día de hoy se comienza a debatir la iniciativa de ley para la protección doméstica en el Senado de la República venezolana . La cual contempla – cárcel a religiosos por predicar a horas impropias (sic)”.

El texto no especifica la fecha en la que supuestamente inició el debate. Además, hace referencia al Senado de la República, una institución que no existe en Venezuela desde 1999, cuando se derogó la Constitución de 1961 por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, que eliminó al Congreso (Cámara de Diputados y Cámara de Senadores) y estableció un sistema unicameral.   

La libertad de religión y culto está contemplada en el artículo 59 de la Constitución venezolana de 1999. Dice que todas las personas tienen derecho a profesar su fe en privado o en público, en tanto “no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público”.

La libertad de culto no forma parte de la agenda política y religiosa de las últimas semanas, menos si ya está estipulada en la Constitución. Algunos de los temas clave para la Conferencia Episcopal Venezolana (CEV), institución que es la vocería oficial de la Iglesia católica en el país, a la fecha son el acompañamiento espiritual en medio de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y la próxima beatificación del doctor José Gregorio Hernández.  

En Venezuela no hay rastros

Para comprobar la veracidad de la cadena, la Unidad de Verificación de Datos y Fact-checking de Efecto Cocuyo buscó información de la supuesta propuesta de ley en las redes y portales web de la Asamblea Nacional electa del 2015 (de mayoría opositora) y el Parlamento escogido el 6 de diciembre de 2020 (de mayoría chavista). Para el rastreo se usaron las palabras clave “protección doméstica” y “ley religiosos”, pero ninguno de sus canales de información tiene datos sobre esto.

Cocuyo Chequea colocó las primeras líneas de la cadena en el buscador de Google y encontró que otros portales web de fact-checking internacionales revisaron el texto entre los años 2017 y 2020. Una de las primeras páginas en verificar la cadena fue Caracol Radio. En octubre de 2017 este medio colombiano recibió el texto y consultó a personal del senado. Respondieron que no existía ninguna propuesta sobre el tema.

El medio de comunicación rastreó el texto y descubrió que la cadena se originó en el año 2016 en República Dominicana, donde se discutía un proyecto similar pero que no contemplaba las sanciones que mencionan. La cadena también fue verificada en Colombia (por Colombia Check), Bolivia (Bolivia Verifica) y México (puede leer más en El Sabueso de Animal Político).

En conclusión, en Venezuela no se discute ninguna propuesta de ley que contemple cárcel para religiosos que “prediquen a horas impropias”. Estos datos corresponden a una cadena que se replicado por años. Por tanto, el contenido de la cadena es falso.

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