La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nula la reforma parcial del Reglamento Interior y de Debates aprobada por la Asamblea Nacional (AN) en sesión extraordinaria del 17 de diciembre.

El magistrado y presidente de esta Sala, Juan José Mendoza, leyó además un exhorto al Ministerio Público para para que investigue penalmente “las conductas de tipos delictivos contemplados en la ley en los que habrían incurrido diputados” e hizo especial mención  al Parlamento, Juan Guaidó, al leer la sentencia 517 este jueves 19 de diciembre.

 “No existe en el derecho ni en el mundo ningún parlamento virtual, todos tienen sede y exigen la presencia física de los diputados en los debates”, advirtió el magistrado. Reprochó que “la AN en desacato insista en desconocer la Constitución e incurrir en actos que lo único que hacen es profundizar su deslegitimimación como Poder ante el pueblo venezolano”.

Con 93 votos a favor, el Parlamento modificó los artículos 13 (numeral 4), 46 y 56 del Reglamento interno, que básicamente permite a legisladores fuera del país participar vía internet en las sesiones ordinarias y extraordinarias, así como en las reuniones de las comisiones permanentes con derecho a voto.

“La AN desconoce la condición parlamentaria, al pretender reconocer a personas que abandonaron su función legislativa. Esto lesiona la legitima aspiración de los diputados suplentes de poder incorporase al Parlamento”, expresó.

Sobre el Poder Legislativo pesa una declaratoria de desacato impuesta por el Poder Judicial desde enero de 2016 por juramentar a los diputados de Amazonas.

Vale recordar que la situación de los parlamentarios indígenas, suspendidos hasta que el TSJ no resuelva si hubo o no irregularidades en la elección de Amazonas, lleva tres años en suspenso. Responder a la demanda de nulidad introducida el 18 de diciembre le tomó solo un día al máximo tribunal de la República. 

Mendoza cuestionó “la inadecuada convocatoria” hecha por Guaidó a la Cámara para las modificaciones al reglamento sin la verificación nominal del quórum y que el TSJ es competente para pronunciarse al respecto dado que el instrumento legal es ordenado por la misma Carta Magna.

Pero para la sanción en cámara el pasado martes, fue verificado uno a uno el voto de los parlamentarios presentes, llegando a 93 manos alzadas a favor. Los diputados del Bloque de la Patria se salieron del hemiciclo para no votar, al igual que varios legisladores de fracciones independientes.

En ponencia conjunta, el TSJ extendió la nulidad a todos los cambios al Reglamento que haya hecho  la AN antes y después de la aprobación objeto de la demanda de los diputados Jesús Peña (suplente de Biagio Pillieri de la fracción 16J), Leandro Domínguez (de la fracción Independientes por la Renovación y el Cambio) y José Gregorio Noriega (diputado expulsado de Voluntad Popular) en su condición de ciudadanos y parlamentarios.

También se ratificó que cualquier acción de la AN “será nula sin menoscabo de la responsabilidad a que hubiera lugar… Se reitera el asalto al estado de derecho por parte de la Asamblea Nacional“, agregó Mendoza.