Seis violaciones constitucionales que marcan las elecciones parlamentarias
Foto: Iván Reyes Credit: Iván Ernesto Reyes

Desde hace cuatro meses y 26 días, en alguna gaveta de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia descansan un recurso de amparo y otro de inconstitucionalidad contra las elecciones parlamentarias.

Exrrectores, exdirectivos del Poder Electoral y juristas suscriben los escritos, que piden la anulación del proceso comicial del 6 de diciembre porque viola derechos y principios constitucionales tan elementales como el voto directo. Pero han sido ignorados por el máximo tribunal.

La acción de este grupo de venezolanos se sumó al cuestionamiento de la Asamblea Nacional electa democráticamente en 2015, de organizaciones nacionales de observación electoral y de organizaciones defensoras de derechos humanos, como el Centro de Justicia y Paz y Acceso a la Justicia. Este última denunció los comicios ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh).

Estados Unidos, la Unión Europea y el Grupo de Lima, entre otros países del mundo, anticipan su desconocimiento a las parlamentarias.

Aquí seis violaciones constitucionales que marcan el proceso electoral:

1️⃣ CNE ilegítimo

La Sala Constitucional del TSJ, usurpando funciones de la Asamblea Nacional, designó a los nuevos rectores del Poder Electoral, una práctica que repite desde hace 20 años.

A diferencia de años anteriores, el Poder Legislativo había constituido el Comité de Postulaciones que incluía a parlamentarios de ambos bandos políticos (chavistas y opositores). Sin embargo, el TSJ interrumpió este proceso e impuso a las autoridades, siendo una de ellas, Indira Alfonzo, la magistrada responsable de dejar al electorado de Amazonas sin diputados en 2015.

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El TSJ impuso a dos de sus magistradas como nuevas rectoras

Se especula que la acción judicial, que viola el artículo 296 de la Constitución, se precipitó por el poco tiempo que restaba para convocar las elecciones parlamentarias en diciembre y la negativa del chavismo gobernante a posponer los comicios (por la aspiración de dominar de nuevo el Poder Legislativo). Aunque no sería la primera vez que la administración de Nicolás Maduro pospone una elección, en 2016 aprobó aplazar las regionales, esta vez sostiene que es inconstitucional.

2️⃣ Legislador sin competencia

El CNE usurpó funciones de la Asamblea Nacional, previstas en el 187 de la Constitución, al desarrollar 12 artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electoral que desaplicó el TSJ en la sentencia N° 68.

El sistema electoral venezolano fue modificado a cinco meses de la elección, lo que también viola el artículo 298 de la Carta Magna que establece: “La ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma”.

3️⃣ Aumento discrecional de parlamentarios

Lejos de lo que establece la Constitución, las normas especiales aprobadas por el CNE elevan el número de diputados a elegir de 167 a 277, un cálculo que los expertos electorales no se explican de dónde salió.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) prueba, con un ejercicio matemático basado en el artículo 186 constitucional, que el total de diputados debió ser 166.

Algunos se preguntan si el espacio del recinto parlamentario será suficiente para 277 miembros

La organización nacional de observación electoral considera que aumentar el número de diputados es inconstitucional, diluye el voto indígena dentro del Parlamento, porque lo reduce a una minoría sin poder de decisión, y genera una sobrerrepresentación en algunos estados con menos población que otros.

4️⃣ Lista nacional de diputados

El CNE también creó un sistema de elección distinto al establecido en el artículo 186 de la Constitución que denomina “lista de adjudicación nacional”. Se trata de una lista cerrada a través de la cual resultarán electos 48 diputados sin que los electores voten directamente por ellos y sin que cada estado pueda ser representado por estos parlamentarios que son producto de otra ecuación matemática desconocida.

En los recursos de amparo y de inconstitucionalidad se argumenta que “esta modalidad no está prevista en la Constitución y menos aún en las leyes electorales con el agravante que crea un desequilibrio entre los principios de representación proporcional y de personalización del sufragio en franca violación al principio de igualdad, puesto que esta adjudicación aumentaría aún más la representación proporcional”.

Los partidarios de estos cambios al sistema electoral insisten en que se deben al incremento de la base demográfica en el país y a la petición de partidos políticos de aumentar la representación proporcional de las minorías. Argumentos que son rebatidos y cuestionados por conocedores de la materia electoral.

5️⃣  Voto indígena violado

Los pueblos indígenas perdieron su derecho al voto directo. Ahora son obligados a elegir a sus representantes ante el Parlamento mediante un sistema de elección de segundo grado.

De acuerdo con el Reglamento, cada pueblo indígena debe constituirse en asambleas comunitarias para la elección de voceros y son estos voceros los que elegirán, en asambleas generales, a los parlamentarios.

CNE vulnera derechos políticos de los pueblos ancestrales

En un principio, el CNE establecía que la elección de los diputados se hiciera a mano alzada, en las asambleas generales, lo que violaba el secreto del voto que reconoce el artículo 63 de la Constitución. Pero ante el escándalo que esto generó en la opinión pública, dictó una segunda resolución en la que decidió que la votación ya no sería a mano alzada sino secreta.

6️⃣ Intervención de partidos

Ocho partidos de la disidencia (Acción Democrática, Primero Justicia, Voluntad Popular, Movimiento Republicano, Acción Ciudadana en Positivo, Nuvipa, Patria Para Todos y Tupamaros) fueron intervenidos judicialmente y entregados a juntas directivas ad hoc acusadas de ser simpatizantes del gobierno de Nicolás Maduro.

El OEV ha documentado cómo el sistema político venezolano perdió 88 % de sus partidos entre 2010 (cuando existían 325 organizaciones con fines políticos reconocidas por el CNE) y 2018 (37 formaciones válidas).

Persecución política

Las múltiples irregularidades se agravan con la aplicación de patrones de persecución que vulneran los derechos políticos. La misión independiente de determinación de los hechos para Venezuela del Consejo de Derechos Humanos de la ONU determinó que hay motivos razonables para concluir que los actos de persecución contra la disidencia, como lo han sido las detenciones arbitrarias y las torturas, los tratos crueles e inhumanos son sistemáticos.

En este contexto, Cepaz registra la detención arbitraria de al menos seis dirigentes políticos (tres de ellos candidatos) y seis funcionarios del gobierno interino, que dirige Juan Guaidó, en menos de dos meses (octubre y noviembre).

Normativa violada 

La normativa que el CNE, de mayoría oficialista, aprobó es violada por el propio partido de gobierno que protagoniza una campaña electoral caracterizada por el ventajismo electoral y el uso de recursos públicos.

Mientras que los rectores modifican las reglas de juego sobre la marcha. Tres cambios sufrió el cronograma electoral en menos de un mes.

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