Exfuncionarios del CNE piden al TSJ declarar nulidad de convocatoria a parlamentarias

Exfuncionarios del Consejo Nacional Electoral (CNE) piden al Tribunal Supremo de Justicia declarar la nulidad de la convocatoria de las elecciones parlamentarias porque viola seis artículos de la Constitución.

El expresidente del Poder Electoral, Andrés Caleca, informó que lograron introducir el recurso ante el máximo tribunal este miércoles 29 de julio.

Los artículos vulnerados son el 73, 77, 186, 292, 293 y 298 del texto constitucional. “La ley fundamental es violada por todos lados en materia electoral con esta convocatoria”, rechazó Caleca en el programa La Fuerza es la Unión.

Los solicitantes advierten que las Normas Especiales y Reglamentarias que aprobó el recién nombrado CNE para los comicios del 6 de diciembre violan el artículo 298 constitucional el cual prohíbe modificar las leyes electorales seis meses antes de la fecha fijada para la elección.

Otra irregularidad que exponen es la creación de un sistema de elección distinto al establecido en el artículo 186 constitucional y el artículo 10 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) para elegir a 48 diputados.

“Este sistema busca adjudicar en una lista cerrada a 48 diputados sin tener una base territorial de cada circunscripción estadal, sin que los electores voten directamente por ellos y sin que cada estado  pueda ser representado por los diputados que se adjudiquen en esa ecuación matemática desconocida, con el agravante que esta modalidad no está prevista en la Constitución, ni en la orden emanada de la referida Sala en su Sentencia 068, y menos aún en las leyes electorales y sin tener la competencia ni atribuciones legislativas para ello”.

Esta lista crea un desequilibrio entre los principios de la representación proporcional y de la personalización del sufragio, según explican.

Las normas aprobadas por los nuevos rectores también desaplican el artículo 186 de la Constitución y el 10 de la Lopre al establecer que el número de diputados a elegir serán 277 y no 167 como corresponde, según la base poblacional y el mecanismo de cálculo que precisa el texto constitucional.

“Lo que significa que no solo estas normas las colocan  por encima de la leyes electorales, sino también por encima de la Constitución, por cuanto las desaplica, hecho este que rompe con el paradigma del principio de legalidad o el orden jurídico democrático”, exponen en el documento.

Además señalan que la competencia para reglamentar que tiene el Poder Electoral no puede ser usada para reescribir artículos de una Ley orgánica con la finalidad de cambiar de forma arbitraria el sistema electoral.

“El CNE tiene competencia para reglamentar solos las leyes electorales y de referéndum y no otras, esta modalidad inventada o innovada de crear un reglamento autónomo, sin tener origen legal, que además como están concebidas las referidas normativas, atentan contra la reserva legal, altera el orden natural de las cosas, es decir, el statu quo, y violan descaradamente los referidos  principios constitucionales contenidos en el artículo 293, parte in fine, que rige a todos los procesos electorales, así se desprende de su contenido”.

Indígenas sin voto directo

Denuncian que el reglamento diseñado para esta elección viola el derecho al sufragio libre y directo de las comunidades indígenas. “Crea una especie de elección de segundo grado al decidir que deben la Asamblea de comunidades va a elegir unos representantes que forman una Asamblea Estadal donde éstos votarán a mano alzada por el candidato de su preferencia, hecho este  tan grave que impide que el voto sea libre y secreto”.

Los exfuncionarios que respaldan el recurso son:

Andrés Caleca, ExPresidente del CNE; ldemaro Martinez, ExMiembro del Directorio del CNE; Eduardo Roche Lander, Ex Contralor General de la República; Rafael Lander, Ex Vice Presidente del CNE; Humberto Maio, ExFiscal General de Cedulación; Americo Martin, Ex Diputado al Congreso Nacional; Egleé González Lobato, ExConsultora Jurídica del CNE; Nancy Hernández de Martín, ExDirectora de la Comisión de Participación y Financiamiento del CNE.

Lea el recurso completo aquí:

Recurso de Nulidad by Ibis León on Scribd

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