Los nuevos rectores del Poder Electoral heredaron del saliente Consejo Nacional Electoral (CNE) ad hoc (impuesto por el Tribunal Supremo de Justicia en 2020) una normativa que viola el derecho al voto directo de la población indígena del país.
Aunque el “Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020” se creó exclusivamente para las cuestionadas parlamentarias del 6 de diciembre, sigue vigente y sienta un precedente que puede vulnerar, una vez más, el derecho constitucional de los indígenas en las elecciones regionales y municipales previstas para este año.
“Ese reglamento aplicó específicamente para la elección de la Asamblea Nacional y todavía no hay ninguna decisión sobre si esa misma reglamentación va a aplicar para la elección de los concejales indígenas y de los legisladores regionales indígenas en los estados que corresponda”, respondió a Efecto Cocuyo el rector Roberto Picón.
Las nuevas autoridades electorales tienen la tarea de dictar un nuevo reglamento que marque las pautas para los comicios del próximo 21 de noviembre con lo cual tienen la oportunidad de enmendar la normativa que crea una elección de segundo grado, explica el Observatorio Electoral Venezolano en su Boletín N° 46:
“Se crea una especie de elección de segundo grado al decidir que se deben elegir unos representantes que forman una asamblea estadal donde estos votarán a mano alzada por el candidato de su preferencia, hecho este tan grave que impide que el voto sea libre y secreto”, dice.
Frente a las críticas, los representantes del Poder Electoral cambiaron parcialmente el reglamento mediante una resolución que hizo que el sistema de votación pasara de ser público en segundo grado a uno secreto, pero también en segundo grado.
El director del OEV, Luis Lander, aclara que si bien la norma de 2020 está vigente no puede aplicarse automáticamente en las elecciones de este año. “Por supuesto que hay una doctrina ya establecida, pero tienen que aprobar un nuevo reglamento si quisieran aplicar el mismo mecanismo para el voto indígena”, responde.
Una norma “especial”
Los rectores nombrados por el TSJ también dejaron a su paso las Normas Especiales Para las Elecciones a la Asamblea Nacional período 2021-2026 en las que se alteró la composición de escaños de la Asamblea Nacional al elevar el número de diputados de 165 a 277 y se creó una “lista de adjudicación nacional” no prevista en la Constitución.
Aunque en esta oportunidad, los venezolanos elegirán a gobernadores, alcaldes, concejales y miembros de los consejos legislativos, el rector Picón indicó que tampoco hay una decisión en cuanto a si se aplica o no el régimen que modificó la correlación entre diputados listas y diputados nominales en las regionales y municipales.
“Todos estos son temas que este directorio y la Junta Nacional Electoral tienen que establecer. Estamos incorporando a la rectoría expertos legales así como también expertos en logística y telecomunicaciones para que participen en las deliberación correspondientes”, señaló la autoridad electoral.
Una tercera decisión del CNE ad hoc con la que tiene que lidiar el nuevo directorio es la modificación que se hizo al reglamento de acompañamiento electoral. Aunque el cambio fue “cosmético”, porque se sustituyó el término de “acompañamiento” por “veeduría”, una de las condiciones que exige la oposición y los actores de la comunidad internacional para reconocer los próximos comicios es que se garantice una observación electoral sin las restricciones previstas actualmente.
La materialización de un cambio en el reglamento que contemple una observación electoral amplia dependerá de los acuerdos políticos a los que logren llegar los nuevos rectores (que representan al chavismo y a un sector de la oposición).
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Aunque el “Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020” se creó exclusivamente para las cuestionadas parlamentarias del 6 de diciembre, sigue vigente y sienta un precedente que puede vulnerar, una vez más, el derecho constitucional de los indígenas en las elecciones regionales y municipales previstas para este año.
“Ese reglamento aplicó específicamente para la elección de la Asamblea Nacional y todavía no hay ninguna decisión sobre si esa misma reglamentación va a aplicar para la elección de los concejales indígenas y de los legisladores regionales indígenas en los estados que corresponda”, respondió a Efecto Cocuyo el rector Roberto Picón.
Las nuevas autoridades electorales tienen la tarea de dictar un nuevo reglamento que marque las pautas para los comicios del próximo 21 de noviembre con lo cual tienen la oportunidad de enmendar la normativa que crea una elección de segundo grado, explica el Observatorio Electoral Venezolano en su Boletín N° 46:
“Se crea una especie de elección de segundo grado al decidir que se deben elegir unos representantes que forman una asamblea estadal donde estos votarán a mano alzada por el candidato de su preferencia, hecho este tan grave que impide que el voto sea libre y secreto”, dice.
Frente a las críticas, los representantes del Poder Electoral cambiaron parcialmente el reglamento mediante una resolución que hizo que el sistema de votación pasara de ser público en segundo grado a uno secreto, pero también en segundo grado.
El director del OEV, Luis Lander, aclara que si bien la norma de 2020 está vigente no puede aplicarse automáticamente en las elecciones de este año. “Por supuesto que hay una doctrina ya establecida, pero tienen que aprobar un nuevo reglamento si quisieran aplicar el mismo mecanismo para el voto indígena”, responde.
Una norma “especial”
Los rectores nombrados por el TSJ también dejaron a su paso las Normas Especiales Para las Elecciones a la Asamblea Nacional período 2021-2026 en las que se alteró la composición de escaños de la Asamblea Nacional al elevar el número de diputados de 165 a 277 y se creó una “lista de adjudicación nacional” no prevista en la Constitución.
Aunque en esta oportunidad, los venezolanos elegirán a gobernadores, alcaldes, concejales y miembros de los consejos legislativos, el rector Picón indicó que tampoco hay una decisión en cuanto a si se aplica o no el régimen que modificó la correlación entre diputados listas y diputados nominales en las regionales y municipales.
“Todos estos son temas que este directorio y la Junta Nacional Electoral tienen que establecer. Estamos incorporando a la rectoría expertos legales así como también expertos en logística y telecomunicaciones para que participen en las deliberación correspondientes”, señaló la autoridad electoral.
Una tercera decisión del CNE ad hoc con la que tiene que lidiar el nuevo directorio es la modificación que se hizo al reglamento de acompañamiento electoral. Aunque el cambio fue “cosmético”, porque se sustituyó el término de “acompañamiento” por “veeduría”, una de las condiciones que exige la oposición y los actores de la comunidad internacional para reconocer los próximos comicios es que se garantice una observación electoral sin las restricciones previstas actualmente.
La materialización de un cambio en el reglamento que contemple una observación electoral amplia dependerá de los acuerdos políticos a los que logren llegar los nuevos rectores (que representan al chavismo y a un sector de la oposición).