Desde el 1° de septiembre y, hasta que el Banco Central de Venezuela (BCV) lo disponga, los precios de productos y servicios deben estar a la vista del público con las cifras en su nueva escala monetaria y también en su anterior expresión.
La nueva reconversión monetaria se hará efectiva a partir del venidero 1° de octubre. El Decreto Presidencial N° 4.553 publicado en la Gaceta Oficial N° 42.185 establece los lineamientos de esta tercera reconversión monetaria.
Los 11 artículos del decreto titulado “La nueva expresión monetaria” dejan claro que precios, salarios, estados financieros, documentos contables, notas de crédito y cualquier otra prestación tendrán una nueva escala.
La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) será la encargada de recibir y tramitar las denuncias y reclamos que se produzcan por errores en la conversión de los precios, como lo especifica el artículo 8 del decreto.
Entre otras, disposiciones establecen que los billetes de 200.000, 500.000 y un millón de bolívares que se lanzaron en marzo pasado convivirán con el nuevo cono monetario que entrará en circulación en octubre próximo.
Esto facilitará, por ejemplo, que los conductores puedan contar con billetes para dar el vuelto en el transporte público.
A diferencia de lo ocurrido en las reconversiones monetarias anteriores, el bolívar no llevará ninguna nueva letra en su símbolo. En los procesos pasados se habló del “Bolívar Fuerte” y expresó como “Bs. F” en 2008; luego le tocó el turno al “Bolívar Soberano” y su abreviatura de “Bs.S” en 2018.