La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró sin lugar el recurso interpuesto por los rectores universitarios contra la sentencia 0324 emitida por el Poder Judicial en el que impone las pautas para las elecciones en la distintas casas de estudio.
Con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta De Merchán, el TSJ, mediante la sentencia 0389, desestimó las oposiciones de las autoridades académicas al fallo emitido el 27 de agosto de 2019 y la «ratifica en toda y cada una de sus partes». En la decisión se ordena a las universidades realizar elecciones de autoridades con el período vencido en un plazo de seis meses.
En la página web del alto tribunal aún no está disponible el texto completo del fallo judicial solo su dispositivo con los datos de la sentencia.
En la sentencia de agosto también instruye al Consejo Nacional de Universidades para que establezca un cronograma para la jornada con las comisiones electorales existentes. El registro electoral estará integrado por profesores, estudiantes, egresados, personal administrativo y personal obrero. Se proclamará electo al candidato que haya ganado al menos en tres de los cinco sectores y haya obtenido a la vez, mayoría absoluta de los votos totales.
En su momento la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) denunció golpe a la autonomía universitaria, mientras que desde la Cátedra de Derecho Constitucional de la UCV se acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar persecución contra las casas de estudio superiores autónomas con el fin de obtener una medida cautelar.
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Con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta De Merchán, el TSJ, mediante la sentencia 0389, desestimó las oposiciones de las autoridades académicas al fallo emitido el 27 de agosto de 2019 y la «ratifica en toda y cada una de sus partes». En la decisión se ordena a las universidades realizar elecciones de autoridades con el período vencido en un plazo de seis meses.
En la página web del alto tribunal aún no está disponible el texto completo del fallo judicial solo su dispositivo con los datos de la sentencia.
En la sentencia de agosto también instruye al Consejo Nacional de Universidades para que establezca un cronograma para la jornada con las comisiones electorales existentes. El registro electoral estará integrado por profesores, estudiantes, egresados, personal administrativo y personal obrero. Se proclamará electo al candidato que haya ganado al menos en tres de los cinco sectores y haya obtenido a la vez, mayoría absoluta de los votos totales.
En su momento la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) denunció golpe a la autonomía universitaria, mientras que desde la Cátedra de Derecho Constitucional de la UCV se acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar persecución contra las casas de estudio superiores autónomas con el fin de obtener una medida cautelar.