Omisión legislativa. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la omisión legislativa de la Asamblea Nacional para designar a las nuevas autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Apenas un día le tomó a los magistrados de esta sala del máximo juzgado, que responde al chavismo, para declarar «por mero derecho» la petición que realizaron los partidos de la minoría de oposición que tienen relaciones con la administración de Nicolás Maduro.
La sentencia N° 0068-2020 de la Sala Constitucional además «desaplicó artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y ordenó asumir el desarrollo normativo al Consejo Nacional Electoral», dice una nota de prensa del TSJ emitida la tarde de este viernes, 5 de junio.
Los magistrados y magistradas se declararon «competentes» para asumir la designación de los nuevos rectores del Poder Electoral, tras la solicitud que introdujeron Claudio Fermín (Soluciones), Javier Bertucci (Esperanza para el Cambio), Timoteo Zambrano (Cambiemos), Felipe Mujica y Segundo Meléndez (MAS) y Luis Romero (Avanzada Progresista).
La Sala también ordenó a las actuales autoridades del CNE (Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Tania D’ Amelio, Socorro Hernández y Luis Emilio Rondón) «adecuar la normativa electoral para la elección de los diputados indígenas respetando sus tradiciones y costumbres».
Antes de que se declarara la cuarentena por el COVID-19 en Venezuela, el Comité de Postulaciones Electorales de la AN se instaló con los 21 miembros (11 diputados y 10 miembros de la sociedad civil), pero no sesionaron para comenzar la evaluación de los candidatos al Poder Electoral.
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Ya el TSJ ha declarado la omisión legislativa de la Asamblea Nacional y en cuatro oportunidades ha nombrado a rectores del Consejo Nacional Electoral.
Lo hicieron por primera vez en los años 2003, 2005, 2014 y 2016; la Asamblea Nacional Constituyente lo hizo en el año 2000 y la AN en 2006 y 2009.
De acuerdo con el periodista especializado en la fuente electoral, Eugenio Martínez, la primera vez que el TSJ apeló a la omisión legislativa de la Asamblea Nacional fue en el año 2003, cuando nombraron a Oscar Battaglini, Jorge Rodríguez, Francisco Carrasquero, Sobella Mejías y Ezequiel Zamora, además de los suplentes, entre quienes estaba Tibisay Lucena.
En 2005 ante la salida de Carrasquero y Zamora, el TSJ nombró presidente a Jorge Rodríguez, vicepresidenta a Sobella Mejías e incorporó como principales a Oscar León Uzcátegui y a Tibisay Lucena.
En el año 2014, en la AN que presidía Diosdado Cabello, se volvió a declarar la omisión legislativa. Ratificaron a Tibisay Lucena, Sandra Oblitas y Luis Emilio Rondón. Ya estaban en ese CNE Socorro Hernández y Tania D’ Amelio que llegaron al Poder Electoral en 2009 de la mano de la AN roja rojita.
Mientras que en 2016, al declarar en desacato al Parlamento, el Tribunal Supremo ratificó a Hernández y D’ Amelio en sus cargos.
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Apenas un día le tomó a los magistrados de esta sala del máximo juzgado, que responde al chavismo, para declarar «por mero derecho» la petición que realizaron los partidos de la minoría de oposición que tienen relaciones con la administración de Nicolás Maduro.
La sentencia N° 0068-2020 de la Sala Constitucional además «desaplicó artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y ordenó asumir el desarrollo normativo al Consejo Nacional Electoral», dice una nota de prensa del TSJ emitida la tarde de este viernes, 5 de junio.
Los magistrados y magistradas se declararon «competentes» para asumir la designación de los nuevos rectores del Poder Electoral, tras la solicitud que introdujeron Claudio Fermín (Soluciones), Javier Bertucci (Esperanza para el Cambio), Timoteo Zambrano (Cambiemos), Felipe Mujica y Segundo Meléndez (MAS) y Luis Romero (Avanzada Progresista).
La Sala también ordenó a las actuales autoridades del CNE (Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Tania D’ Amelio, Socorro Hernández y Luis Emilio Rondón) «adecuar la normativa electoral para la elección de los diputados indígenas respetando sus tradiciones y costumbres».
Antes de que se declarara la cuarentena por el COVID-19 en Venezuela, el Comité de Postulaciones Electorales de la AN se instaló con los 21 miembros (11 diputados y 10 miembros de la sociedad civil), pero no sesionaron para comenzar la evaluación de los candidatos al Poder Electoral.
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Ya el TSJ ha declarado la omisión legislativa de la Asamblea Nacional y en cuatro oportunidades ha nombrado a rectores del Consejo Nacional Electoral.
Lo hicieron por primera vez en los años 2003, 2005, 2014 y 2016; la Asamblea Nacional Constituyente lo hizo en el año 2000 y la AN en 2006 y 2009.
De acuerdo con el periodista especializado en la fuente electoral, Eugenio Martínez, la primera vez que el TSJ apeló a la omisión legislativa de la Asamblea Nacional fue en el año 2003, cuando nombraron a Oscar Battaglini, Jorge Rodríguez, Francisco Carrasquero, Sobella Mejías y Ezequiel Zamora, además de los suplentes, entre quienes estaba Tibisay Lucena.
En 2005 ante la salida de Carrasquero y Zamora, el TSJ nombró presidente a Jorge Rodríguez, vicepresidenta a Sobella Mejías e incorporó como principales a Oscar León Uzcátegui y a Tibisay Lucena.
En el año 2014, en la AN que presidía Diosdado Cabello, se volvió a declarar la omisión legislativa. Ratificaron a Tibisay Lucena, Sandra Oblitas y Luis Emilio Rondón. Ya estaban en ese CNE Socorro Hernández y Tania D’ Amelio que llegaron al Poder Electoral en 2009 de la mano de la AN roja rojita.
Mientras que en 2016, al declarar en desacato al Parlamento, el Tribunal Supremo ratificó a Hernández y D’ Amelio en sus cargos.