Este 7 de mayo, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordena el enjuiciamiento de un ciudadano y 6 diputados de la Asamblea Nacional (AN). Los magistrados aceptaron la precalificación de siete delitos hecha por la Fiscalía General de la República.
Los parlamentarios que están afectados por la nueva decisión del TSJ son: Henry Ramos Allup, Luis Germán Florido, Marianela Magallanes López, José Simón Calzadilla Peraza, Amerigo De Grazia, Richard José Blanco Delgado y el ciudadano Andrés Enrique Delgado Velázquez.
Los magistrados consideran que hay elementos suficientes para procesar a los diputados por la comisión flagrante de los delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada.
Son exactamente los mismos tipos penales que le adjudicaron al vicepresidente del parlamento, Edgar Zambrano, el pasado jueves 2 de mayo.
Al igual que esa decisión, los magistrados consideraron que dado que los seis diputados señalados se encuentran en una comisión flagrante de delitos comunes, por lo que no no procede el antejuicio de mérito para el despojo de la inmunidad parlamentaria.
El comunicado del TSJ indica que se enviará copia a la Asamblea Nacional Constituyente «para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».
El artículo al que hace referencia indica: «Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley».
Lea también:
TSJ ordena enjuiciar al primer vicepresidente de la AN en un juzgado ordinario
Guaidó procura apoyo de organizaciones minoritarias de cara a la primaria
Comisión de Política Exterior anuncia encuentro parlamentario colombo-venezolano
Piden agilizar aprobación de Ley de Aguas a casi dos años de su primera discusión
Inspectora de tribunales supervisa Circuito Judicial Penal luego de denuncias de corrupción
Guaidó sobre renuncia de El Aissami: «Es una confesión de que saquearon el país»
Diosdado Cabello descarta división en el chavismo, pero advierte que “no hay espacios para negociados”
Tareck El Aissami renuncia al Ministerio de Petróleo tras hechos de corrupción
Hasta 800 bolívares diarios se podrá retirar por cajeros automáticos
Carta de residencia ya no será requisito para solicitar la cédula o el pasaporte en Venezuela
Este 7 de mayo, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordena el enjuiciamiento de un ciudadano y 6 diputados de la Asamblea Nacional (AN). Los magistrados aceptaron la precalificación de siete delitos hecha por la Fiscalía General de la República.
Los parlamentarios que están afectados por la nueva decisión del TSJ son: Henry Ramos Allup, Luis Germán Florido, Marianela Magallanes López, José Simón Calzadilla Peraza, Amerigo De Grazia, Richard José Blanco Delgado y el ciudadano Andrés Enrique Delgado Velázquez.
Los magistrados consideran que hay elementos suficientes para procesar a los diputados por la comisión flagrante de los delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada.
Son exactamente los mismos tipos penales que le adjudicaron al vicepresidente del parlamento, Edgar Zambrano, el pasado jueves 2 de mayo.
Al igual que esa decisión, los magistrados consideraron que dado que los seis diputados señalados se encuentran en una comisión flagrante de delitos comunes, por lo que no no procede el antejuicio de mérito para el despojo de la inmunidad parlamentaria.
El comunicado del TSJ indica que se enviará copia a la Asamblea Nacional Constituyente «para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».
El artículo al que hace referencia indica: «Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley».
Lea también:
TSJ ordena enjuiciar al primer vicepresidente de la AN en un juzgado ordinario