Foro Cívico y organizaciones de DDHH alertan que el proyecto de reforma de la Ley de Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es insuficiente para garantizar la independencia del poder judicial e incumple con su designación plural, tal y como se encuentra expresada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El pasado 30 de diciembre la Asamblea Nacional electa en 2020, e instalada en 2021, aprobó en primera discusión un proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que establece los criterios para la renovación de jueces en el máximo tribunal del país.
De acuerdo a un comunicado emitido por Foro Cívico este proyecto de reforma versa sobre tres puntos:
Dicen los defensores agrupados en el Foro Cívico que si bien estos cambios revierten parcialmente la reforma legislativa que en 20210 permitió que el Ejecutivo continuase con el control total del Poder Judicial, iniciado en 1999, deberían contribuir a fortalecer su independencia y autonomía.
“No obstante, no es posible garantizar la independencia del Poder Judicial si la designación de magistrados termina siendo dirigida por los diputados afines a la coalición dominante, en el seno de una Asamblea Nacional cuya legitimidad se encuentra cuestionada. Si no se establecen y respetan los procedimientos para la participación plural de otros actores, expertos y organizaciones de la sociedad, poca relevancia práctica tendrá que se designen 20 y no 32 magistrados, o que se aprueben por mayoría simple o calificada”.
En este sentido, sostienen que el mecanismo institucional que pudiera garantizar una mayor independencia sería el Comité de Postulaciones tal y como se encuentra establecido en la Constitución.
De acuerdo con el artículo 270 de la CRBV, el Comité de Postulaciones es un órgano asesor del poder judicial (no del poder legislativo) y está integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad”.
“Es decir, no es un órgano del Poder Legislativo -como se establece en la ley actual que se pretende reformar- y por ello no tiene justificación alguna que esté conformado, siquiera parcialmente, por miembros de un Poder Público como lo es la Asamblea Nacional”, dice Foro Cívico.
Sin embargo, argumenta, el proyecto de reforma prevé que este comité estará integrado por 15 miembros designados por la Asamblea Nacional y que cinco de ellos serán diputados de dicho órgano, siendo los 10 restantes seleccionados entre los que respondan a la convocatoria que realice la llamada “Comisión Preliminar”, conformada por los cinco diputados antes mencionados, que a su vez realizará una preselección de los candidatos.
“Esta propuesta plantea dos irregularidades: 1) el Comité de Postulaciones, de acuerdo con la CRBV, debe formarse solo con actores y expertos de la sociedad y 2) Según el texto constitucional no tiene cabida alguna un órgano intermedio –la Comisión Preliminar- para la selección de los integrantes del Comité de Postulaciones, a su vez conformado por funcionarios públicos”.
Por tanto, la organización reitera que este Comité no es un órgano parlamentario y cualquier intento por desnaturalizarlo atenta contra la Constitución.
A fin de evitar que el Comité de Postulaciones Judiciales sea una herramienta para prolongar el conflicto político, recomienda que es necesario la implementación de mecanismos para asegurar que, tal como lo exige la Constitución, éste represente a los diferentes sectores de la sociedad y no sólo a quienes convergen con la coalición gobernante, reflejando la voluntad de recuperar la institucionalidad en un marco de verdadero pluralismo político y social en Venezuela.
Insisten en que esta reforma no debe ser una oportunidad perdida. “La necesaria reforma integral del sistema judicial en el país, a la cual se comprometió el Ejecutivo Nacional en su memorando de entendimiento con la Corte Penal Internacional, y que constituye un imperativo para lograr la recuperación del país y el bienestar de los venezolanos, abre una oportunidad para regresar al diálogo y la negociación entre las partes”.
“Edificar las bases de la recuperación del sistema de administración de justicia y la progresiva reinstitucionalización democrática, haciendo efectiva la participación de todos los actores relevantes y estableciendo los contrapesos necesarios, para el beneficio de toda la sociedad, sin discriminación de ningún tipo, es una necesidad para la superación de la crisis que afecta a todos los venezolanos”, concluye el Foro Cívico el comunicado hecho público y fechado el 6 de enero y apoyado además por organizaciones como Dale Letra, Provea, Control Ciudadano, Acceso a la Justicia y Sinergia
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Foro Cívico y organizaciones de DDHH alertan que el proyecto de reforma de la Ley de Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es insuficiente para garantizar la independencia del poder judicial e incumple con su designación plural, tal y como se encuentra expresada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El pasado 30 de diciembre la Asamblea Nacional electa en 2020, e instalada en 2021, aprobó en primera discusión un proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que establece los criterios para la renovación de jueces en el máximo tribunal del país.
De acuerdo a un comunicado emitido por Foro Cívico este proyecto de reforma versa sobre tres puntos:
Dicen los defensores agrupados en el Foro Cívico que si bien estos cambios revierten parcialmente la reforma legislativa que en 20210 permitió que el Ejecutivo continuase con el control total del Poder Judicial, iniciado en 1999, deberían contribuir a fortalecer su independencia y autonomía.
“No obstante, no es posible garantizar la independencia del Poder Judicial si la designación de magistrados termina siendo dirigida por los diputados afines a la coalición dominante, en el seno de una Asamblea Nacional cuya legitimidad se encuentra cuestionada. Si no se establecen y respetan los procedimientos para la participación plural de otros actores, expertos y organizaciones de la sociedad, poca relevancia práctica tendrá que se designen 20 y no 32 magistrados, o que se aprueben por mayoría simple o calificada”.
En este sentido, sostienen que el mecanismo institucional que pudiera garantizar una mayor independencia sería el Comité de Postulaciones tal y como se encuentra establecido en la Constitución.
De acuerdo con el artículo 270 de la CRBV, el Comité de Postulaciones es un órgano asesor del poder judicial (no del poder legislativo) y está integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad”.
“Es decir, no es un órgano del Poder Legislativo -como se establece en la ley actual que se pretende reformar- y por ello no tiene justificación alguna que esté conformado, siquiera parcialmente, por miembros de un Poder Público como lo es la Asamblea Nacional”, dice Foro Cívico.
Sin embargo, argumenta, el proyecto de reforma prevé que este comité estará integrado por 15 miembros designados por la Asamblea Nacional y que cinco de ellos serán diputados de dicho órgano, siendo los 10 restantes seleccionados entre los que respondan a la convocatoria que realice la llamada “Comisión Preliminar”, conformada por los cinco diputados antes mencionados, que a su vez realizará una preselección de los candidatos.
“Esta propuesta plantea dos irregularidades: 1) el Comité de Postulaciones, de acuerdo con la CRBV, debe formarse solo con actores y expertos de la sociedad y 2) Según el texto constitucional no tiene cabida alguna un órgano intermedio –la Comisión Preliminar- para la selección de los integrantes del Comité de Postulaciones, a su vez conformado por funcionarios públicos”.
Por tanto, la organización reitera que este Comité no es un órgano parlamentario y cualquier intento por desnaturalizarlo atenta contra la Constitución.
A fin de evitar que el Comité de Postulaciones Judiciales sea una herramienta para prolongar el conflicto político, recomienda que es necesario la implementación de mecanismos para asegurar que, tal como lo exige la Constitución, éste represente a los diferentes sectores de la sociedad y no sólo a quienes convergen con la coalición gobernante, reflejando la voluntad de recuperar la institucionalidad en un marco de verdadero pluralismo político y social en Venezuela.
Insisten en que esta reforma no debe ser una oportunidad perdida. “La necesaria reforma integral del sistema judicial en el país, a la cual se comprometió el Ejecutivo Nacional en su memorando de entendimiento con la Corte Penal Internacional, y que constituye un imperativo para lograr la recuperación del país y el bienestar de los venezolanos, abre una oportunidad para regresar al diálogo y la negociación entre las partes”.
“Edificar las bases de la recuperación del sistema de administración de justicia y la progresiva reinstitucionalización democrática, haciendo efectiva la participación de todos los actores relevantes y estableciendo los contrapesos necesarios, para el beneficio de toda la sociedad, sin discriminación de ningún tipo, es una necesidad para la superación de la crisis que afecta a todos los venezolanos”, concluye el Foro Cívico el comunicado hecho público y fechado el 6 de enero y apoyado además por organizaciones como Dale Letra, Provea, Control Ciudadano, Acceso a la Justicia y Sinergia