Proyecto de Ley de Amnistía de la AN vs. propuestas de organizaciones civiles en la batalla por los presos políticos
La expectativa es que la amnistía que salga de la AN acelere las excarcelaciones que el chavismo ejecuta a cuentagotas y contribuya a pacificar el país
El pasado 5 de febrero, la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión y por “unanimidad” el Proyecto de Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, del que primero solo se dio a conocer la exposición de motivos. Un día después, el Grupo Parlamentario Libertad divulgó el cuerpo completo de 13 artículos, el cual generó gran cantidad de críticas por las omisiones y exclusiones en el planteamiento de la normativa.
Un hecho considerado positivo desde que arrancó el proceso de consulta pública, es que la mayoría del chavismo a través de la comisión especial designada y que encabeza el diputado Jorge Arreaza, fue más allá de su propio entorno y convocó a Organizaciones No Gubernamentales (ONG) defensoras de derechos humanos al Palacio Legislativo para que expusieran sus argumentos y presentaran sus propuestas a la ley que aguarda por su segunda discusión.
La comisión también dejó entrar a la AN, luego de protestar a sus puertas, a un grupo de familiares de presos políticos para escucharlos. El grupo de diputados de Un Nuevo Tiempo (UNT), Unión y Cambio y Lápiz también ha hecho consultas públicas por separado a fin de recabar propuestas a la ley. Algunas universidades y gremios igualmente han hecho públicas sus observaciones al proyecto aprobado y sus recomendaciones.
La expectativa es que la amnistía que salga de la AN acelere las excarcelaciones que el chavismo ejecuta a cuentagotas – Foro Penal ha verificado 431 de más de mil- y que se conviertan en libertad plena. También se apuesta a que la normativa, contribuya con la “pacificación” del país – lo cual pasa porque las propuestas para ajustarla a los estándares internacionales sean tomadas en cuenta- y con el inicio de la transición hacia la democracia. ¿Lo permitirá el interinato tutelado por Estados Unidos? Está por verse.
La AN convocó a sesión este jueves 12 de febrero a la 1:00 pm para aprobar en segunda discusión la Ley de Amnistía en segunda discusión.
A continuación, un resumen de lo que plantea el proyecto de ley de Amnistía aprobado en primera discusión y lo que se presiona por ser incluido desde la sociedad civil:
Lo que se planteó en la AN
El 7 de febrero, las ONG Foro Penal, Acceso a la Justicia, Provea y el Comité por la Libertad de los Presos Políticos (Clippve) acudió a la AN por convocatoria de la comisión especial.
No solo en manos del Ejecutivo. Las ONG y el Clippve solicitaron la participación vinculante de los organismos de defensa de los DDHH, las ONG y las víctimas, “en la supervisión y control de la correcta y más inclusiva aplicación” de la Ley de Amnistía y que no solo sea potestad del Ejecutivo.
El artículo 12 del proyecto de ley señala que es el Ministerio del Interior y Justicia, que dirige Diosdado Cabello, el encargado de implementar los mecanismos para el cumplimiento de la normativa. Piden nulidad absoluta.
En la primera de las seis observaciones que por escrito entrego Foro Penal a la comisión especial, la ONG sugiere sustituir la figura de “extinción de pleno derecho”, contenida en el artículo 8 del proyecto de ley, considerada “insuficiente”, por la nulidad absoluta de todos los actos, procesos y efectos jurídicos derivados de la persecución política, por cuanto esta figura garantiza “la eliminación total de las actuaciones, y de todos sus efectos, como si nunca hubiesen existido”. Ello evita la discrecionalidad y protege del uso posterior de expedientes anulados.
Garantía de reparación. “La propuesta debe reforzar el carácter reparador de la Ley, evitando narrativas de clemencia o de concesión discrecional del Poder Público. La amnistía debe reconocer a las personas beneficiarias como víctimas de prisión y de persecución política, garantizando la eliminación total de antecedentes, registros y de cualquier medida que haya afectado sus derechos, su honor, su reputación, o su participación en la vida pública”, reza la propuesta de Foro Penal.
Entre los defensores de DDHH causa alarma que en el proyecto de ley, como en el discurso del chavismo, no se reconozca la existencia de presos políticos ni que se cometieron violaciones de derechos fundamentales.
No repetición. Como garantía de no repetición de las violaciones de DDHH contra los presos políticos, además de la figura de nulidad absoluta, las ONG también plantearon que en el cuerpo de la normativa se incluyan disposiciones que deroguen expresamente las normas utilizadas históricamente de manera arbitraria para la persecución política.
Se ha pedido expresamente que se deroguen leyes como la Ley contra el Odio, la Ley Simón Bolívar y la Ley contra las ONG, entre otras.
“Planteamos con mucho detalle y de manera fundamentada todos los aspectos que consideramos relevantes. Siendo justos, muchos fueron bien recibidos, otros no tanto, pero al menos se mostró la disposición necesaria a su debida consideración”, resaltó Foro Penal luego de la reunión.

Más observaciones
Alcance limitado. La ONG Acceso a la Justicia ha expresado preocupación por lo que establece el artículo 6 del proyecto que concede amnistía general a favor de todas aquellas personas que hayan sido procesadas o condenadas, por la presunta o comprobada comisión de delitos políticos o conexos, desde el 1 de enero de 1999 al 30 de enero de 2026», pero luego muestra una lista de hechos en la que se excluye, por ejemplo, el presunto intento de magnicidio contra Nicolás Maduro de agosto de 2018, así como las llamadas operaciones Aurora (2019) y Gedeón (2020), por las cuales están detenidos numerosos militares activos y retirados.
Más exclusiones. Tanto Acceso a la Justicia como Justicia Encuentro y Perdón han alertado sobre los delitos, que según el artículo 7 del proyecto de ley, no serán objeto de la amnistía, entre ellos el homicidio intencional y delitos contra el patrimonio público, por interpretaciones que podrían dejar por fuera a un número importante de presos políticos.
“La ley excluye el delito de homicidio, dentro del cual se ubica el magnicidio como una forma calificada. Este tipo penal ha sido imputado a numerosos militares, tanto activos como retirados. Sin embargo, no puede hablarse de magnicidio cuando no se ha producido la muerte de la presunta víctima (…) no se configura el delito consumado, sino, en todo caso, una presunta tentativa de magnicidio (…) las personas imputadas por presunto magnicidio deberían quedar comprendidas dentro de los supuestos amnistiables”, considera Acceso a la Justicia.
Justicia Encuentro y Perdón añade que en todos los casos de presos políticos no se ha respetado el debido proceso, lo cual hubiera determinado rápidamente que no cometieron delitos. Aun así han permanecido encarcelados de manera indefinida, incluso sin juicio. Inhabilitaciones políticas.
Justicia Encuentro y Perdón y Justicia y Proceso Venezuela, las personas perseguidas por razones políticas que han sido víctimas de inhabilitaciones políticas que no derivan de una sentencia judicial firme deben ser incluidas en la Ley de Amnistía.
¿Qué dicen las universidades?
Luego de que el decano Juan Carlos Apitz criticara en una reunión con la Comisión de Política Interior de la AN, que se hubiera aprobado en primera discusión un proyecto de Ley de Amnistía sin que antes se diera a conocer su contenido, la Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), formuló observaciones a la propuesta enviada por el Ejecutivo, a fin de que cumpla con “los fines de reconciliación nacional y paz social”.
La primera observación hecha desde la UCV es que en la ley se elimine el carácter delictual de los hechos imputados a las personas privadas de libertad por motivos políticos. Se propone que la ley alcance tanto a civiles como militares investigados, procesados o condenados sin discriminaciones ni exclusiones arbitrarias. El proyecto de ley además de no reconocer a los presos políticos no establece ese tipo de distinciones.
En cuanto a los delitos excluidos de la ley, desde la UCV se llama a dejar por fuera del beneficio a las personas que han cometido torturas fisicas o psicologicas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, desapariciones forzadas o usado el sistema judicial para encarcelar a ciudadanos de manera injusta. Una preocupación expresada sobre la aprobación de la ley es que pueda servir para que al chavismo incurra en “autoamnistía”.
El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (Ucab) también hizo planteamientos sobre el instrumento legal. Además de compartir las propuestas ya mencionadas sugiere que en la ley se incluya una cláusula de “compatibilidad interpretativa” que permita al juez a cargo resolver cualquier duda sobre la amnistía a favor de investigar graves violaciones de derechos humanos.
Asimismo, que se investiguen los casos con presunciones graves sobre la comisión de delitos de torturas y otras violaciones de DDHH y que dichos expedientes pasen al Ministerio Público para tales fines. Otra propuesta desde la Ucab es que los tribunales y el MP presenten informes sobre los casos evaluados para la amnistía, resultados y tiempo de ejecución, además de estar disponibles en las páginas web de la AN, el Tribunal Supremo de Justicia y el MP.

Hablan presos políticos y sus familiares
El politólogo Nicmer Evans, quien ha sido encarcelado por motivos políticos en dos oportunidades (2020 y 2025) , alertó que de aprobarse la Ley de Amnistía tal como está planteada servirá para volver a victimizar a los presos políticos. Advirtió que el artículo 1 del proyecto “es una trampa jurídica” porque pretende que el beneficiario acepte el motivo de su condena previa, lo que implicaría un reconocimiento de delitos no cometidos para obtener la libertad.
El artículo 1 del proyecto de ley se refiere al objeto que es “conceder una amnistía general y plena en favor de todas aquellas personas que hayan sido procesadas o condenadas por la presunta o comprobada comisión de delitos políticos o conexos, desde el primero de enero de 1999 hasta el 30 de enero de 2026, en el marco de los sucesos de violencia por motivos políticos que se indican” a los fines de promover la paz social y la convivencia democrática.
Cabello ha dicho que quienes opten por aministía “deben ponerse a derecho” , es decir, aceptar los delitos que supuestamente cometieron.
El exaliado del chavismo, excarcelado este 11 de febrero, tampoco está a favor de que se eliminen los expedientes de los casos amnistiados como lo ordena el artículo 11 del proyecto (registros y antecedentes) porque a su juicio impediría investigaciones futuras, reparaciones o indemnizaciones por graves violaciones a los derechos humanos.
Desde finales de enero, el Comité de Madres en Defensa de la Verdad presentó su propia propuesta de ley de Amnistía que fue consignada luego ante la AN. Buscan que la ley establezca el marco jurídico para otorgar amnistía a personas perseguidas o procesadas por motivos políticos y abarca desde febrero de 2014, año de fuertes protestas antigubernamentales y recrudecimiento de la represión.
El artículo 1 de la propuesta legal del Comité de Madres señala expresamente que se debe otorgar amnistía a personas perseguidas o procesadas por motivos políticos, ya sea que se encuentren privadas de libertad, con medidas restrictivas o en el exilio. Figura de la que el proyecto aprobado en la AN adolece.
En el artículo 2 sobre el ámbito de aplicación de la ley, las madres incluyen a “luchadores sociales, periodistas, integrantes de comités de víctimas, militares y personas perseguidas o privadas de libertad en el contexto de las movilizaciones post electorales, independientemente de si los hechos fueron consumados o quedaron en grado de tentativa, garantizando el restablecimiento de sus derechos civiles y políticos”.
