Embargo a filial de Smartmatic no afecta convocatoria de elecciones en el país

La medida cautelar había sido negada por otro tribunal el 22 de septiembre de 2016 porque la jueza no encontró elementos suficientes en ese momento

La noticia del embargo decretado contra Smartmatic Internacional Holding B.V, filial de la empresa que provee servicios tecnológicos al CNE, encendió alarmas.

La medida habría sido tomada por el Tribunal 2° Superior del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas al admitir la demanda de un exempleado que alega que la empresa está en proceso de descapitalización y por eso está en riesgo el pago de sus prestaciones sociales. La información fue publicada por el periodista Eligio Rojas en el diario Últimas Noticias.

Una fuente interna de Smartmatic precisó a Efecto Cocuyo que el embargo cautelar aplica sobre una deuda que el CNE no ha pagado y desmintió que la empresa esté en proceso de descapitalización.

“La empresa no está en proceso de descapitalización, estamos en la ejecución de varios proyectos internacionales”, afirmó el empleado cuya identidad fue protegida.

La fuente indicó que el embargo no afecta en nada los proyectos que tiene la empresa en Venezuela. “Esto proviene de una demanda privada y no afecta los proyectos en Venezuela. De hecho, los equipos de Smartmatic se iban a utilizar en la recolección del 20% de firmas del revocatorio hasta que fue suspendido”, manifestó.

“Lo que puede pasar es que la subsidiaria (que se menciona en el expediente) no esté operativa, pero eso no afecta la operación del grupo en general”, agregó.

También señaló que tanto el software como los equipos de Smartmatic están listos para que se realice cualquier proceso electoral y recordó que en 2013 se preparó la elección presidencial en 30 días por lo que el revocatorio “no supone un reto mayor”.

La empresa respondió institucionalmente con un breve mensaje en el que informa que está atendiendo el recurso legal interpuesto por Fernando Jodra Trillo y aseguran que Smarmatic “cuenta con plena capacidad para dar cumplimiento a todas sus obligaciones laborales, comerciales y de cualquier otra índole, tanto con empleados como exempleados y proveedores”.

La medida de embargo cautelar había sido negada por el Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas el pasado 22 de septiembre de 2016 como costa en el expediente AH21-X-2016-000033

En ese momento, la jueza consideró que no habían elementos suficientes para que se decretara la medida cautelar que ahora fue admitida.

Foto: AVN.