El artículo 233 constitucional, que da sustento al gobierno interino, no contempla la situación inédita de un gobernante que ocupa la silla de Miraflores sin ser electo democráticamente.
Los supuestos que enumera este apartado como falta absoluta del Presidente de la República son: su muerte, su renuncia o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), su incapacidad física o mental permanente, el abandono del cargo declarado por la Asamblea Nacional y la revocatoria popular de su mandato.
El constituyente no visualizó un escenario en el que se desconociera la legitimidad de origen del mandatario porque las elecciones en las que resultó ganador fueran consideradas “fraudulentas” o no democráticas.
Por esta razón, el cuerpo parlamentario electo en 2015 (de mayoría opositora), invocó adicionalmente los artículos 333 y 350 que apelan a la desobediencia civil de cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los principios y garantías constitucionales para justificar la juramentación de Juan Guaidó como presidente encargado de Venezuela y dar origen al Gobierno interino.
¿Prórroga indefinida?
En su primer año, el interino tuvo la legitimidad del voto, expresado en las elecciones parlamentarias de 2015. Pero esta circunstancia cambió cuando venció el periodo constitucional de la Asamblea Nacional opositora el 5 de enero de este año. Desde entonces, se cuestiona la legalidad y legitimidad de este gobierno paralelo, especialmente cuando Nicolás Maduro sigue ejerciendo el poder y control en el territorio (además de ser el jefe de Estado que reconoce la ONU).
Recientemente, Juan Guaidó aseveró que seguirá siendo el presidente encargado hasta que se produzca un cambio político y, para materializar esto, está obligado a reformar, por segunda vez, el Estatuto que Rige la Transición hacia la Democracia para extender por segundo año consecutivo la vida del Parlamento de 2015, algo nunca antes visto en la historia del país.
Además, esta prórroga tiene que aprobarse en un momento en el que Guaidó ha sufrido importantes bajas como la del excanciller Julio Borges, quien aboga porque el gobierno interino desaparezca.
Un abogado constitucionalista y profesor universitario que pidió mantener su nombre en reserva, debido a lo espinoso del tema, afirma que la interpretación que se hizo del artículo 233 “es forzada” y que en la Constitución no existe una respuesta para resolver la disyuntiva en la que se encuentra la oposición: “En la Constitución no existe la figura del gobierno interino, este es un problema político, no jurídico”.
El 233 solo establece que si la falta absoluta del Presidente se produce antes de que tome posesión se procederá a convocar una nueva elección en los treinta días consecutivos siguientes y el Presidente de la Asamblea Nacional quedará encargado “mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente”.
Esta última oración es usada por el exprocurador del interino, el abogado José Ignacio Hernández, para argumentar que el estatus de presidente encargado no se limita en el tiempo ni vence el 5 de enero de 2022.
El G4 no logra consenso
Efecto Cocuyo consultó a cuatro dirigentes nacionales de los cuatro grandes partidos que integran el G4: Acción Democrática, Primero Justicia, Voluntad Popular y Un Nuevo Tiempo para conocer cómo van las discusiones sobre la continuidad constitucional que debe aprobarse en pocas semanas. Sin embargo, la respuesta de los políticos evidencia que no hay consenso respecto a este tema.
Sergio Vergara de Voluntad Popular es un actor importante dentro de su organización y mantiene una estrecha relación con Guaidó y el fundador de ese partido Leopoldo López.
En su opinión, “no existe ninguna figura constitucional o legal que pueda sustituir al gobierno encargado en el tema de la protección de los activos. De hacerlo, estaríamos abriendo la puerta a un desconocimiento automático de instancias judiciales de otros países que hoy reconocen al Procurador especial y al presidente Guaidó”.
El político hace referencia a uno de los temas más sensibles que es la protección de activos como la filial de Pdvsa en Estados Unidos, Citgo, o la de Pequiven en Colombia, Monómeros; así como cuentas que contienen fondos de la República y reservas de oro a los que Nicolás Maduro no puede acceder porque los gobiernos de esos países reconocen a Juan Guaidó como el presidente legítimo.
“Esta propuesta (la de Primero Justicia) busca socavar al gobierno encargado, pero carece de fundamento total”, sentencia.
En su opinión, algunos dirigentes de Primero Justicia como Julio Borges, Henrique Capriles y Rafael Guzmán “han ejercido distintas acciones que ponen en duda su compromiso (con la oposición). “Esto forma parte del lado oscuro de la política y por eso le he dicho a varios de los diputados, que fueron electos en 2015, que nos apaguemos al artículo 201 de la Constitución que establece que solo se deben a su conciencia y no a líneas partidistas”, señala.
Este artículo constitucional dice: “Los diputados o diputadas son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal”.
Ante el cuestionamiento de la legitimidad de la AN de 2015 y del interinato, Vergara responde: “¿Cuál es la alternativa?, entregar la legitimidad de la Asamblea Nacional que sí fue electa a un órgano írrito como el que preside Jorge Rodríguez?”.
En su opinión, el Estatuto debe ser reformado para extender un año más la vigencia de la presidencia encargada y eliminar la figura del Consejo Político que nunca se materializó.
Este Consejo Político sustituiría el Centro de Gobierno que coordina Leopoldo López, pero nunca cristalizó por la oposición de VP a pesar de que está contenido en la reforma del estatuto que rige la transición.
El dirigente asegura que Guaidó tiene suficiente respaldo político para dar continuidad a su gobierno, de hecho propone que sea en la plenaria de diputados y no en la Comisión Delegada (instancia que solo está integrada por los presidentes de las comisiones permanentes) que se discuta la segunda reforma del estatuto.
Según sus cálculos, la oposición tiene 113 parlamentarios principales y 67 suplentes al día de hoy, una cifra que resulta increíble luego de que algunos diputados decidieran saltar la talanquera y abandonar las filas de la Mesa de la Unidad Democrática para hacerse de partidos intervenidos, integrar el Parlamento de mayoría chavista que se instaló en 2021, y otros se separaron de sus cargos por estar en desacuerdo con extender su mandato más allá de los cinco años establecidos en la ley venezolana.
¿Contarán con los votos de PJ?
La abogada constitucionalista y dirigente de Primero Justicia, María Gabriela Hernández, apela al artículo 333 de la Constitución para explicar por qué, en su opinión, debe mantenerse el gobierno interino, a pesar de que uno de los fundadores de su partido (Julio Borges) considera que debe disolverse.
“La decisión es política y se basa en el artículo 333 que básicamente insta a hacer todo lo necesario para restablecer la Constitución y el Estado de Derecho. Hay muchos elementos que generó el gobierno interino como el respaldo internacional, el evitar que muchos de los bienes que están en el exterior cayeran en manos de la dictadura, lo cual hace que el peso de lo político sea mayor al momento de tomar una decisión”, expone.
“El estatuto de transición tiene que sufrir una modificación para poder acometer los cambios necesarios”, agrega.
Sobre la posición de PJ, la dirigente no adelanta si se abstendrán, votaran en contra o a favor de la continuidad constitucional: “Se está debatiendo ampliamente, lamentablemente se hizo pública una de las posiciones, pero hay una discusión interna muy fuerte”.
UNT y AD bajo cautela
El dirigente de Un Nuevo Tiempo, Omar Barboza, prefirió no adelantar la posición que asumirá su partido frente a la disyuntiva que se presenta nuevamente.
El expresidente de la AN, quien fue redactor del Estatuto que Rige la Transición a la Democracia, sostiene que el artículo 233 se refiere a la inexistencia de un Presidente electo y señala qué hacer en este escenario. “La Constitución dispone que ejerza el presidente del Parlamento y fue lo que hicimos”, afirma.
“Vamos en los próximos días a analizar este tema y la posición de UNT las daremos a conocer cuando se logre un consenso con el resto de las fuerzas políticas de oposición, lo que pase con el Estatuto va a depender de la decisión política que se tome, hay fundamento constitucional para una y otra cosa”, agrega.
El representante de Acción Democrática, Carlos Prosperi, también mantiene en reserva la postura de la tolda blanca. “Hay una discusión en el Gplus que incluye a los cuatro partidos principales más los otros que integran la unidad y de esa discusión saldrá la decisión. No puedo adelantar nada”, comenta.