Institucionalidad y garantías electorales
“Son las elecciones legítimas y transparentes las que otorgan el piso político y la autoridad moral necesarios para refundar los poderes públicos, incluida la justicia, y no al revés”

El reciente anuncio de la Asamblea Nacional (AN) sobre el cronograma para conformar el Comité de Postulaciones Judiciales es un paso lento, pero se saluda con beneplácito. La reactivación de este mecanismo abre una ventana formal para que la sociedad civil evalúe a los futuros integrantes del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Sin embargo, este avance, lejos de disipar las dudas, pone de relieve la paradoja central que ha marcado el debate político venezolano: el uso de la reinstitucionalización como un argumento de dilación.
La institucionalidad a cocción lenta
Ahora que se habla más abiertamente de elecciones en Venezuela, sin embargo, sigue imponiéndose la corriente de la necesaria reinstitucionalización del país para poder asegurar procesos electorales confiables. De hecho, la encargada de la presidencia, Delcy Rodríguez, en su discurso ante la Asamblea General de la ONU, aseguró que en Venezuela habrá elecciones, pero que antes era necesario un proceso de revisión institucional que genere mejores condiciones antes de dar ese paso.
La receta institucional puso como ingrediente principal al TSJ, así se anunció el pasado 12 de agosto, y desde entonces la cocción ha sido lenta. Casi 20 días después, la AN aprobó la reforma parcial de la Ley Orgánica del TSJ que reestructura al Comité de Postulaciones Judiciales, pero lo cierto es que, luego de 50 días, todavía no se ha conformado el Comité de Postulaciones Judiciales.
En todo caso, ese orden propuesto: primero la reinstitucionalización y luego la elección, plantea un asunto peligroso, porque condiciona el ejercicio de soberanía popular a la alcabala de la reforma judicial que avanza al ritmo discrecional del propio poder que la promueve.
La experiencia histórica de las transiciones democráticas demuestra exactamente lo contrario: son las elecciones legítimas y transparentes las que otorgan el piso político y la autoridad moral necesarios para refundar los poderes públicos, incluida la justicia, y no al revés.
¿Adecuación institucional sin garantías?
Hemos sido consistentes en admitir que lo electoral no es el punto de partida ni el fin último de la causa venezolana, pero forzoso es precisar que un proceso electoral, con voluntad y compromiso político, es la mejor herramienta para restaurar la confianza institucional, de manera ordenada y pacífica con fundamento constitucional; además, formaliza el verdadero cambio democrático, con suficiente piso legítimo. El rescate institucional no debe sacrificar a la soberanía popular.
La adecuación institucional para el proceso electoral no se debe someter a la fecha de una elección, hay un conjunto de imprescindibles garantías que preceden a ese proceso. De hecho, varias de ellas se han activado, aunque de un modo espasmódico, sin reforma institucional y sin compromiso de no reincidencia.
Por ejemplo, el levantamiento del bloqueo de varios portales o las excarcelaciones de un grupo de presos políticos son muy buenas señales del cambio que el país merece. Pero la estructura y la alta discrecionalidad de la Conatel está intacta, y lo mismo puede decirse de los cuerpos represivos. Son decisiones facultativas, que no reinstitucionalizan nada, ni hay medidas que eviten que se vuelvan a cometer abusos.
Pidamos garantías: ¡desmonten el andamiaje punitivo! Antes del proceso electoral nacional se pueden crear y sostener las condiciones mínimas para su realización, para ello es necesario desmontar al sistema que criminaliza al disenso, limita la participación plural y la acción cívica en su conjunto.
El secuestro de la libre asociación política. En la práctica se ha instrumentalizado a los órganos de justicia para despojar a varios partidos de sus legítimas directivas, de sus siglas, símbolos y colores. Una buena señal de rescate institucional sería detener de inmediato esa perversa judicialización. Para ello no hacen faltas grandes reformas, ni una transformación estructural, basta volver a la senda constitucional: restituir el derecho de las militancias a elegir a sus autoridades. También se requiere restablecer los canales formales para la constitución de nuevos partidos políticos.
La asfixia de la contraloría ciudadana. Dejen de criminalizar a las organizaciones civiles que siempre promovieron la participación electoral informada, hicieron auditorías y observación técnica electoral, formaron a testigos y monitorearon centros de votación, dando así garantía de credibilidad y confianza en los resultados electorales. Eso significa la derogación de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG, con ella impusieron una serie de controles burocráticos y registros estatales que terminaron por criminalizar y forzar el cierre de varias de esas organizaciones.
Criticar al gobierno no es odio
La derogación de la Ley Constitucional contra el Odio es un verdadero compromiso institucional. En la práctica se ha aplicado a la opinión y a la crítica vehemente y altisonante, los sujetos preferidos han sido periodistas, activistas y políticos de oposición, y las sanciones son tan desproporcionadas que, en lugar de promover la paz o la convivencia pacífica, como su nombre ofrece, ha provocado autocensura, afectando así a la conversación pública y al discurso político en tiempos de campaña electoral.
Ahora que la ONU vuelve a ser popular para el interinato, deberían chequear el Plan de Acción de Rabat, adoptado por la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, en él se propone una guía para definir cuándo una expresión puede ser restringida o criminalizada como incitación al odio.
Esta pequeña lista de acciones propuestas son parte de la agencia ciudadana que nos toca a todos, se inscribe en los mecanismos de presión para lograr una institucionalidad que se procura con hechos y no con promesas de rescate. Son garantías que se pueden dar ya mismo, que generan la sana expectativa de un proceso electoral equilibrado y justo. La idoneidad del proceso de transición no se decreta desde arriba ni se importa desde afuera.
Las garantías democráticas y de participación no son la meta final de una reforma institucional condicionada; son el derecho elemental sobre el cual se debe construir la reconstrucción de Venezuela.
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Las opiniones expresadas en esta sección son de entera responsabilidad de sus autores.
De la misma autora: ¿Oportuno para quién? La ciudadanía activa como motor de la transición venezolana