En el Código Penal venezolano, uno de los más restrictivos de la región en cuanto a la penalización del aborto, dicta que las mujeres que intencionalmente decidan interrumpir voluntariamente su embarazo serán castigadas con prisión de seis meses a dos años.
La única causa por la que el aborto en Venezuela no está penalizado es cuando se practica para salvar la vida de la mujer, en caso de que su vida corra riesgo.
No obstante, en el país se siguen registrando casos espontáneos e inducidos, mientras son ignorados por las autoridades como fenómeno de salud pública.
Frente a eso, aunque no existen datos oficiales sobre estos comportamientos, un informe de 2018 realizado en tres maternidades venezolanas entre agosto y diciembre de ese año por la Coalición Equivalencias en Acción, conformado por la Asociación Civil Mujeres en Línea, AVESA, CEPAZ y FREYA, se registraron 1.695 abortos, de los cuales sólo 25 fueron reportados como inducidos. Solo en agosto de 2018 se registraron entre 10 y 11 en estas instituciones.
Datos del estudio «Salud sexual y reproductiva de mujeres, adolescentes y niñas en Venezuela» (2018) de AVESA y otras organizaciones civiles.
Sobre debe destacar que “la distinción entre espontáneos o inducidos no es tarea fácil para las y los proveedores de salud, quienes pueden tener sospechas de estar ante abortos inducidos, pero al no tener la certeza que sólo puede conseguirse con la revelación de la propia mujer, quedan registrados como abortos espontáneos”.
“Los proveedores de salud refieren un aumento de abortos en sus instituciones, y vinculan el aumento de los abortos espontáneos con deficiencias nutricionales de las mujeres y dificultades en el tratamiento prenatal; y los inducidos, con fallas en la planificación familiar debido a dificultades en el acceso a métodos anticonceptivos”, reza un informe de Coalición Equivalencias en Acción.
Por su parte, en ese estudio, la mayoría de los abortos se registraron en pacientes mayores de 18 años (70 %). Mientras que el 30% correspondió a adolescentes menores de 18 años, mientras que se registraron en total tres abortos en niñas menores de 12 años a lo largo del período.
Es así como para Magdymar León, directora de la ONG Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa (AVESA), el aborto es una realidad que debe ser tratado como un problema de salud pública, pues su penalización no disminuye su práctica, sino que promueve las prácticas inseguras, el mercado negro de medicamentos y perpetra la inacción del Estado frente a un problema que afecta a las mujeres.
En su opinión, al contrario, se debe sensibilizar a la población para tratar este tema como parte de los derechos humanos, la dignidad y el poder decidir que tienen las mujeres sobres sus cuerpos y sus proyectos de vida.
Magdymar León explica que el debate que se ha llevado en otros países sobre el aborto está centrado en decidir hasta qué punto privan los derechos de las embarazadas y dónde comienzan a privar los derechos del ser en gestación.
Es por eso que en varios países se ha despenalizado la interrupción voluntaria del embarazo dentro de los primeros tres meses de gestación, periodo en el cual las prácticas seguras del aborto son poco invasivas y sin consecuencias graves para la mujer. Incluso, la Organización Mundial de la Salud ha publicado un manual de práctica clínica para un aborto seguro.
Así, los países de la región latinoamericana que han despenalizado, al menos parcialmente, la interrupción voluntaria del embarazo son Cuba, Guyana, Puerto Rico, Uruguay, Colombia y Ecuador, junto a Argentina, México, países que han marcado los más recientes precedentes.
Cabe destacar que, en la actualidad, el aborto es legal y sin restricciones de causa en Cuba, Puerto Rico y Uruguay. No obstante, América Latina sigue siendo una de las regiones con las leyes más restrictivas en cuanto a estos derechos.
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Mientras tanto, en Colombia, el debate por una despenalización total está en pleno examen y noviembre de este año podría haber decisiones. En este país, el aborto es legal en tres causales: abuso sexual, grave malformación del feto incompatible con la vida y riesgo para la salud física o mental de la mujer. “No obstante, la pelea jurídica desde hace varios años busca que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) no tenga barreras”, informa una publicación de El Tiempo.
En Brasil, la interrupción voluntaria del embarazo solo es legal cuando resulta de una violación, pone en riesgo la salud de la mujer o en casos en los que el feto sufra de anencefalia, una anomalía congénita.
Los artículos del código penal, que agrupa el conjunto de normas jurídicas punitivas aplicables a toda persona que cometa algún delito, que hablan sobre el aborto provocado son los siguientes:
¿Cuál es el cambio que exigen los movimientos feministas en Venezuela?
Los movimientos feministas venezolanos que se han organizado para luchar por la despenalizar el aborto abogan por permitir la interrupción voluntaria del embarazo cuando se presenten tres causales claves: cuando a vida o la salud de la mujer esté en peligro, cuando el embarazo ha sido producto de incesto o violación y cuando el feto pueda ser incompatible con la vida por malformaciones o patologías similares.
Posteriormente, han abogado por considerar la despenalización del aborto cuando sean niñas y adolescentes quienes enfrenten el embarazo o cuando la mujer no cuente con las condiciones socioeconómicas para continuar con él.
De la misma forma, se pide que se refuercen los programas de educación sexual y reproductiva, junto a la garantía de anticonceptivos que permitan prevenir los embarazos no deseados.
Es por esto que más de 50 organizaciones feministas venezolanas, agrupadas en el movimiento Ruta Verde marcharon el 28 de septiembre y entregaron un comunicado a la Asamblea Nacional que exige:
Aunque de este encuentro con un par de parlamentarios surgió la promesa de crear una agenda de trabajo que sitúe al aborto como un asunto de derechos reproductivos de la mujer, un problema de salud pública y como un tema que debe ser considerado dentro de la educación formal, esta no es el primer intento de comunicarse con las autoridades.
Las tres causales por las que abogan los movimientos feministas en Venezuela ya han sido señaladas en la introducción de un recurso de nulidad en contra los artículos del código penal antes mencionados ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que se entregó en 2018, y otro recurso de adhesión que se entregó al año siguiente por parte de organizaciones civiles.
Sin embargo, el TSJ no emitió ningún tipo de respuesta y se mantuvo en silencio total desde entonces.
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