De acuerdo con la edición de 2021 del informe Freedom on the net, una evaluación global sobre libertad en Internet realizada por Freedom House, Venezuela es uno de los países con menos libertades en internet, siendo los bloqueos de páginas webs, los arrestos arbitrarios y la manipulación de discursos en línea los medios para coartar la libertad de expresión de los ciudadanos.
Según el informe, las operadoras Cantv, Movilnet, ambas estatales, junto a las operadoras privadas Digitel y Movistar han bloqueado numerosos sitios webs y plataformas de redes sociales, incluidos Twitter, Instagram, Facebook, y portales digitales de noticias para minimizar la cobertura de noticias políticamente sensibles, en momentos políticamente sensibles —elecciones parlamentarias, protestas, convocatorias ciudadanas—.
Los bloqueos en línea han tenido como principales víctimas a los medios de comunicación. Entre ellos, detectados por Ve Sin Filtro y reseñado por Freedom House, se identificó a Vivo Play, NTN24, El Pitazo, Punto de Corte, InSight Crime, Armando.info, El Nacional, La Patilla, Runrunes, Efecto Cocuyo y Crónica Uno, diario español El País, la British Broadcasting. Corporación (BBC), entre otros.
Incluso medios considerados progubernamentales, como Globovisión y Aporrea, y hasta la estatal Venezolana de Televisión (VTV). Incluso, varias páginas de pornografía también fueron bloqueadas.
Además, Cantv, reforzando sus métodos de bloquear de la libertad en internet, también ha bloqueado algunas herramientas para eludir la censura, como TunnelBear y Windscribe en 2019 y, más recientemente, la VPN Psiphon.
Frente a esto, “los expertos han señalado que esta nueva escalada de censura se está volviendo más difícil de eludir, ya que se necesitan VPN y servicios de anonimización para evadir los métodos de bloqueo más sofisticados como HTTP, HTTPS y el filtrado por identificación del nombre del servidor (SNI)”, reseña el informe.
Es así como durante años, organizaciones de derechos digitales, medios de comunicación, periodistas y activistas han denunciado la falta de transparencia en los procedimientos de bloqueo que no se hacen públicos, sumado a la promulgación de leyes y reglamentos que restringen el derecho a la libertad de expresión, contemplado en la carta magna.
Y es que la legislación venezolana impone responsabilidades excesivas a las empresas de telecomunicaciones, en su papel de intermediarios, y deja amplio margen para que se comentan abusos de poder sobre la libertad en internet durante la prestación de sus servicios: “La ley Resorte-ME establece que los intermediarios pueden ser considerados responsables por el contenido publicado por terceros y otorga a CONATEL la capacidad discrecional para imponer severas sanciones”, señala.
Por su parte, la Ley contra el Odio, promulgada en noviembre de 2017, “establece que los intermediarios deben eliminar el contenido que contenga “discurso de odio” dentro de las seis horas posteriores a su publicación, so pena de enfrentar graves multas. La ley también faculta a las autoridades para bloquear sitios web cuando, en su opinión, promuevan el odio o la intolerancia”.
Además, durante el periodo estudiado, 1 de junio de 2020 – 31 de mayo de 2021, se registraron varios allanamientos y cierres de medios digitales en Venezuela:
- En septiembre de 2020 fue allanado el Correo del Caroní, periódico que publica digitalmente desde 2016.
- En noviembre de 2020, Agentes del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) allanaron Venepress, una agencia de noticias en línea, y confiscaron su equipo. Voceros del portal dijeron desconocer las causas detrás de la redada, pero presumen que fue un acto de represalia por parte de las autoridades que vinculan la agencia con la oposición.
- En enero de 2021, funcionarios de Conatel y de la autoridad tributaria (Seniat) allanaron las oficinas de VPITV, una estación de televisión en línea que anteriormente ofrecía cobertura en vivo del parlamento. Según empleados de VPITV, los funcionarios argumentaron que el cierre fue el resultado de la cobertura de VPITV de septiembre de 2020 sobre la escasez de gasolina, en aparente violación de la Ley contra el Odio.
- En mayo de 2021, las autoridades judiciales tomaron posesión de la sede de El Nacional, un periódico independiente que ha publicado en línea desde que las autoridades restringieron su suministro de papel en 2018, como consecuencia de una demanda civil iniciada por Diosdado Cabello Rondón, expresidente de la ANC y vicepresidente del PSUV.
¿Qué dice la Ley Resorte-Me?
En su artículo 28, sobre prohibiciones, la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, reformada en 2010, indica que en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos, no está permitida la difusión de los mensajes que:
- Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
- Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
- Constituyan propaganda de Guerra.
- Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
- Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
- Induzcan al homicidio.
- Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
Y se agrega que “los proveedores de medios electrónicos deberán establecer mecanismos que permitan restringir, sin dilaciones, la difusión de mensajes divulgados que se subsuman en las prohibiciones contenidas en el presente artículo, cuando ello sea solicitado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones”.
Además, dicta que “los proveedores de medios electrónicos serán responsables por la información y contenidos prohibidos (…) en aquellos casos que hayan originado la transmisión, modificado los datos, seleccionado a los destinatarios o no hayan limitado el acceso a los mismos, en atención al requerimiento efectuado por los órganos con competencia en la materia”.
Si los responsables de los medios electrónicos incumplen estas medidas podrían ser sancionados con multas, suspensión de la habilitación administrativa, y revocatoria de la habilitación administrativa y de la concesión.
Además, en marzo de 2021, la Asamblea Nacional aprobó un plan para enmendar o aprobar 35 leyes, incluidas la Resorte-ME. Una supuesta Ley del Ciberespacio, cuyo borrador fue filtrado por un reputado periodista, hace presumir que el gobierno intentará restringir aún más la libertad de expresión en línea (ver A5).134
¿Qué dice la Ley Contra el Odio?
La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, también conocida simplemente como Ley contra el Odio, es una ley aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (ANC) de mayoría oficialista, en 2017.
En cuanto a la “prohibición de propaganda de guerra y mensajes de intolerancia y odio”, se establece:
- Artículo 13. Se prohíbe toda propaganda y mensajes a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la violencia…
Sobre la “responsabilidad en las redes sociales”:
- Artículo 14. La difusión de mensajes a través de las redes sociales y medios electrónicos que promuevan la guerra o inciten al odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la violencia a través se encuentra prohibida.
Las personas jurídicas que administran las redes sociales y medios electrónicos se encuentran obligadas a cumplir estrictamente lo dispuesto en esta disposición y adoptarán las medidas adecuadas para prevenir la difusión de estos mensajes. A tal efecto, deberán retirar inmediatamente de su difusión cualquier propaganda o mensaje que la contravenga.
Sobre el “delito de promoción o incitación al odio”:
- Artículo 20. Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados.
- Artículo 22. (…) En el caso de las redes sociales y medios electrónicos si la difusión de los mensajes a que hace referencia este artículo no es retirada dentro de las seis horas siguientes a su publicación, la persona jurídica responsable de la misma será sancionada con multa desde cincuenta mil a cien mil unidades tributarias. Así mismo, dará lugar al bloqueo de los portales, sin perjuicio de la responsabilidad penal y civil a que hubiere lugar…
La estrategia multifactorial: desinformación y vigilancia estatal
1. El carnet de la patria mutó en el Sistema Patria:
El gobierno ha desarrollado herramientas para recopilar datos personales de los ciudadanos mediante la implementación de programas sociales. El carnet de la patria (ahora Sistema Patria) acopia datos básicos como la dirección y la fecha de nacimiento, pero también otro tipo de información personal como la pertenencia a partidos políticos.
Por ejemplo, la aplicación móvil “VeQR-Somos Venezuela”, asociada al carnet, que implica el uso del código QR y el Sistema de Posicionamiento Global (GPS), permite, potencialmente, al gobierno rastrear no solo sus datos personales, sino también la ubicación de los usuarios.
Además de ofrecer beneficios a través de este sistema, en marzo de 2021, el gobierno exigió a las universidades públicas que pagaran salarios a través de esta plataforma y en mayo de 2021, el Ministerio de Salud anunció que las vacunas COVID-19 se asignarían mediante un sorteo entre las personas registradas en Sistema Patria, aunque también hubo alternativa para las personas no registradas.
Frente a eso, Freedom House sostiene “existe preocupación sobre la capacidad del gobierno de hacer un mal uso de los datos personales recopilados por los organismos del Estado. En ausencia de una legislación de protección de datos personales, se desconoce el destino, el almacenamiento y el propósito final de la recopilación de información por parte del gobierno”.
2. Relaciones exteriores:
El informe señala que “un experto en la relación entre China y Venezuela afirmó que el soporte tecnológico para la vigilancia y el control social es un componente central de los acuerdos entre las dos naciones.
Por ejemplo, la empresa china ZTE es la encargada de la implementación del Sistema Patria.
Por su parte, se destaca que “en noviembre de 2020, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionó a la empresa china Ceiec por apoyar los esfuerzos de vigilancia digital en Venezuela” y que, en septiembre de 2020, Haaretz, informó que, a pesar de las sanciones de Estados Unidos que prohíben las exportaciones a Venezuela, la firma israelí Cellebrite vendió tecnología para el hackeo telefónico al gobierno de Maduro, según declaraciones de funcionarios gubernamentales.
3. Uso de antenas falsas:
En 2020, el Proyecto de Detección de Antenas Falsas, de la organización South Lighthouse, informó que había encontrado actividad anómala en al menos 80 antenas celulares en Caracas que pueden ser producto de configuraciones defectuosas, usos desconocidos de ciertas configuraciones o la existencia de antenas falsas haciéndose pasar por las torres legítimas de telefonía con fines de vigilancia.
Según un reportaje de Armando.Info, se sospecha que estas antenas, en realidad, eran equipos de vigilancia conocidos como receptores de identidad de abonado móvil internacional (IMSI), pues “dispositivos que actuaron de un modo errático y, algunas, hasta capaces de desviar las frecuencias de los celulares a redes menos avanzadas, desde las que se puede acceder a sus datos y localización a través de tecnología IMSI Catcher”.
Carlos Guerra, uno de los principales investigadores del proyecto, dijo que -generalmente- son utilizados por las fuerzas de seguridad, a veces legalmente en el marco de investigaciones policiales, pero también en secreto para vigilar extralegalmente.
En la investigación se señaló que estas antenas se encontraron cerca de las oficinas de medios de comunicación, organizaciones de derechos humanos y áreas de protesta, junto con otras más en la frontera entre Colombia y Venezuela.
El estudio del proyecto, que observó que los equipos se encuentran en las sedes de las agencias de seguridad, llevó a los investigadores a creer que las antenas pueden ser operadas por personal de estas mismas agencias con fines de inteligencia.
4. Las empresas de telecomunicaciones en Venezuela facilitan la vigilancia estatal de los opositores:
El informe de Freedom House reseñó una investigación de Tal Cual en la que Manuel Ricardo Cristopher Figuera, exdirector del Sebin que está refugiado en Estados Unidos, reveló en abril de 2020 que las empresas de telecomunicaciones en Venezuela facilitan la vigilancia estatal de los opositores.
“Una operación, por ejemplo, hizo que las empresas clonaran números de teléfono, interceptaran correos electrónicos y eliminaran páginas web. Identificó a Movistar como una de las empresas que ejecuta estas acciones”, reza la publicación.
Y es que una resolución administrativa emitida por Conatel en octubre de 2017 “estableció que los operadores deben entregar la información recopilada a los servicios de seguridad que lo soliciten, sin especificar la necesidad de una orden judicial. Los datos que se recopilan incluyen direcciones de protocolo de Internet (IP), fechas y horas de conexiones, ubicaciones geográficas, y detalles de llamadas y mensajes de texto enviados o recibidos”.