Exfuncionarios del CNE piden al TSJ declarar nulidad de convocatoria a parlamentarias

La práctica sistemática del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de ocultar el contenido de sus sentencias y solo mostrar un extracto, conocido como dispositiva, atenta contra el derecho de tutela judicial efectiva y niega la participación ciudadana en la administración de justicia, advierten abogados consultados.

La ONG Acceso a la Justicia define la tutela judicial como el derecho humano que engloba el acceso a los órganos de administración de justicia, el derecho a obtener una sentencia motivada, justa, correcta y congruente, el derecho a recurrir de la sentencia y el derecho a ejecutar las decisiones judiciales.

Las sentencias “clandestinas” se han vuelto reiterativas con la intervención del máximo tribunal en el proceso de elección de los rectores del Consejo Nacional Electoral.

En dos semanas, el TSJ dictó tres fallos de los que se desconoce el contenido y sobre los que solo publicó un pequeño enunciado que apenas contiene pistas sobre su alcance y consecuencias en un asunto de interés nacional como lo es el nombramiento del Poder Electoral.

“Esto atenta contra la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia porque ¿cómo puede alguien apelar a una decisión si no sabe cuáles son los razonamientos de la misma? Para poder denunciar la sentencia es necesario conocer los elementos en los que se fundamenta”, cuestiona el abogado Leonel Alfonso Ferrer.

El especialista en derecho administrativo advierte que la práctica en la que incurre la Sala Constitucional “fomenta la inseguridad jurídica” porque las sentencias pasan a ser decisiones “clandestinas” y “furtivas”.

“La ciudadanía tiene derecho de conocer cuáles son los fundamentos de derecho que consideraron para decidir lo que decidieron. Si la administración de justicia actúa de forma clandestina se genera un clima de zozobra, contrario a la paz, y atenta contra el Estado de Derecho”, rechaza.

Advierte que la Constitución ha sido sistemáticamente violada porque el régimen político que gobierna “ya no le importa tener un barniz de juridicidad”.  “Estamos ante una anomia institucional, no solo social”, expresa.

El constitucionalista Nelson Chitty advierte que no solo se pone en riesgo el derecho de los ciudadanos de conocer el contenido de las sentencias, como parte de la tutela judicial efectiva, sino que se priva a la ciudadanía de su poder de incidir y participar en los asuntos públicos.

“Ahora escasamente podemos  advertir partes, segmentos de las decisiones cuando aparecen por vías que no son necesariamente las ortodoxas. La actuación administrativa, cuanto más la actuación de la justicia, tiene que cumplir formas que son extremos que están tejidos a la validez del acto, uno de los cuales es la publicación de las decisiones”, expone.

El profesor universitario argumenta que las leyes se sustentan en la constitucionalidad y la constitucionalidad implica un control de los ciudadanos que  son los destinatarios del poder.

“La democracia no es simplemente el día que vamos a votar, es la participación, es el control entendido como la vigilancia, la fiscalización, la atención y evaluación de las actuaciones del ente público. Los detentadores del poder tienen esa carga y los destinatarios del poder tienen ese derecho”, subraya.

Refiere algunos artículos del texto constitucional en los que se consagra el derecho de los ciudadanos a intervenir en los asuntos públicos como el 62, el 187 y el 211.

El artículo 62 sintetiza el espíritu del legislador al respecto: “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.

Foto: Reuters

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