La rectora y presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, confirmó en la noche de este lunes que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) cumplió con el requisito de recolección del 1% de las manifestaciones de voluntad, logrando así avanzar al siguiente paso: la recaudación del 20% del Registro Electoral.

¿Qué pasos siguen?

Una vez conformada la o las agrupaciones de ciudadanos y las organizaciones políticas, mediante una participación escrita, podrán solicitar el inicio de la recolección del 20% de las manifestaciones de voluntad (3.894.148) de los electores pertenecientes al Registro Electoral.

Luego, el Poder Electoral contará con 15 días para verificar que el documento entregado cuente con todos los requisitos establecidos. De ser aprobado el escrito, el CNE tendrá otros 15 días para determinar los centros de recepción del 20% del Registro Electoral, es decir, los distintos puntos que serán establecidos para la recolección de las manifestaciones de voluntad.

Seguidamente, durante tres días continuos se realizará en los centros estipulados por el órgano electoral la recepción de las manifestaciones, las cuales se regirán por, entre otras cosas, el registro de la huella dactilar del elector en la plataforma de identificación biométrica.

Después, en otro plazo de 15 días, contados desde la entrega de las actas obtenidas en el proceso de recepción del 20% de las manifestaciones de voluntad, el CNE verificará que se cuente con el número de firmas necesarias para proceder con el mecanismo.

Si luego de realizada la verificación, la cantidad de manifestaciones de voluntad es mayor o igual al 20% del Registro Electoral, “el CNE declarará procedente la solicitud del referendo revocatorio y procederá dentro de los 3 días siguientes a su convocatoria”, según dicta el artículo 29 del reglamento.

Finalmente, desde la convocatoria, el referendo revocatorio se llevará a cabo en un lapso de 90 días, donde se incluyen lapsos cortos para la publicación de la pregunta y para la campaña política.

pasos para el revocatorio

¿Cuáles son los requisitos para revocar a un funcionario de su cargo?

En primera instancia, para la elección del funcionario debe registrarse la participación de al menos el 25% de los integrantes del Registro Electoral.

Asimismo, es necesario que el número de votos de las personas que aprueban la revocatoria sea igual o superior a los que eligieron al funcionario para su cargo.

De revocarse al funcionario este año 2016, ¿qué sucede?

Si, por ejemplo, el jefe de Estado es revocado durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección dentro de los 30 días siguientes a la destitución. Durante ese lapso, el Vicepresidente Ejecutivo se encargará de la Presidencia de la República, hasta ser escogido un nuevo mandatario en elecciones, quien asumirá el resto del período (hasta el 2019).

¿Se puede realizar el revocatorio en el 2016?

De acuerdo con las normas del referendo revocatorio, desde el proceso de verificación del 1% de manifestaciones de voluntad hasta el llamado a elecciones, transcurren 180 días en los que se deben completar todos los lapsos.

De respetarse el marco legal con sus respectivos mecanismos, el revocatorio que intenta llevar a cabo la coalición de partidos de oposición para destituir a Nicolás Maduro pudiera realizarse entre la última semana del mes de noviembre, o durante el mes de diciembre.

Gaceta Electoral 405 18 de Diciembre de 2007

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