Acceso a la Justicia: No es posible seguir manteniendo suplencia presidencial por falta temporal
Instan a la AN a pronunciarse sobre la irregularidad constitucional

Han transcurrido más de dos semanas desde que se venció el plazo máximo de 180 días para la suplencia presidencial, y la Asamblea Nacional (AN) aún no se ha pronunciado sobre el estatus de la vicepresidenta ejecutiva, Delcy Rodríguez, quien ejerce la Presidencia de la República en calidad de encargada.
Así lo advierte la organización Acceso a la Justicia, que analiza la situación constitucional derivada de la ausencia de Nicolás Maduro desde el 3 de enero de 2026, tras su extracción por parte de Estados Unidos.
Origen de la encargaduría
El 3 de enero, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó una medida cautelar que ordenó a la vicepresidenta ejecutiva asumir la Presidencia encargada para “garantizar la continuidad administrativa del Estado”. La Sala fundamentó su decisión en el artículo 234 constitucional (faltas temporales), pero evitó calificar la ausencia como temporal o absoluta y no fijó un plazo específico.
El artículo 234 de la Constitución prevé que el vicepresidente ejecutivo suplirá las faltas temporales del presidente por 90 días, prorrogables por otros 90 días con autorización de la Asamblea Nacional. El plazo máximo de 180 días concluyó el 2 de julio de 2026.
Para Acceso a la Justicia, superado ese límite, la suplencia temporal ya no tiene sustento jurídico. “Más allá de la causa que originó la ausencia, después de 180 días sin que el presidente haya retomado el ejercicio de sus funciones, existen fundamentos para considerar que hay una falta absoluta”, señala la organización.
¿Qué corresponde ahora?
Según el análisis de la ONG, corresponde a la Asamblea Nacional pronunciarse sobre la falta absoluta y activar el mecanismo del artículo 233 de la Constitución, que obliga a convocar elecciones presidenciales dentro de los 30 días consecutivos siguientes. Mientras tanto, la vicepresidenta solo podría continuar de manera transitoria hasta la toma de posesión del nuevo presidente electo.
Esta situación ocurre en medio de la grave emergencia provocada por los terremotos del 24 de junio, lo que —según Acceso a la Justicia— hace aún más urgente actuar conforme a la Constitución para reducir la incertidumbre institucional y fortalecer la legitimidad de las decisiones públicas.
La organización recuerda que las normas de sucesión presidencial buscan garantizar la continuidad del Estado dentro del marco legal y evitar que una situación excepcional se transforme en una forma permanente de ejercicio del poder. Hasta la fecha, el Parlamento no ha emitido ningún pronunciamiento oficial al respecto.
