OPINIÓN · 9 FEBRERO, 2022 05:16

El derecho penal no es amigo de las mujeres

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María Corina Muskus Toro | @macomuskus.

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Cadena perpetua para el feminicida”, “Aumento de las penas para los agresores” son expresiones que se escuchan en entornos y espacios feministas. Sin embargo, me pregunto, ¿será el derecho penal amigo de las mujeres?

La respuesta definitivamente es no. En este artículo de opinión, conversaré sobre los peligros y las consecuencias no esperadas o involuntarias de las alianzas de movimientos feministas y el derecho penal.

Comencemos por analizar la eficacia de las leyes de violencia contra la mujer. Los movimientos para regular leyes especializadas sobre violencia contra la mujer comenzaron en los 90s, durante este tiempo (y mucho antes) los feminismos y la incidencia feminista ha abrazado al Estado como protector y facilitado el uso del sistema penal como mecanismo de control. A pesar de las normas y las leyes, la violencia contra la mujer en el mundo y en Venezuela continua en aumento. En Venezuela por ejemplo, recientemente se reformó la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en una revisión comparativa podemos ver que todos los delitos fueron aumentados en una alta proporción. Por ejemplo, la prostitución forzada y esclavitud sexual pasaron de 10 a 15 a 20 a 25 años en prisión. Por otro lado, algunas organizaciones siguen insistiendo en el derecho penal como mecanismo para lograr la persecución de los delitos, como el delito de «sextorsión». El aumento de las penas muy bien sabemos que no tiene relación ni incidencia en que se cometa el delito, es decir, no son los años en prisión lo que disuade al perpetrador. Además genera una sensación digamos artificial de seguridad pero no se traduce en verdadera protección para las mujeres. En el caso de Venezuela es aun más preocupante, se ha documentado que el derecho penal ha sido el mecanismo ideal para perseguir y castigar a la disidencia, con un aparato judicial que está lejos de impartir justicia ya que no es imparcial, y está sujeto a las necesidades del Ejecutivo.

Se podría argumentar que la criminalización de las violencias contra las mujeres son los mecanismos para visibilizarlas. Sin embargo, habría que realizar un análisis de distribución de las leyes, como sugiere Janet Halley.  Preguntarnos, ¿cuáles son las personas jugadoras?, ¿qué está en juego?, ¿cómo estas normas redistribuyen el poder?, ¿cómo cambia la redistribución del poder?

Continuo con mi observación, el derecho penal no es amigo de las mujeres. La criminalización del aborto es el perfecto ejemplo sobre cómo el derecho penal vulnera la autonomía de mujeres y niñas. También las leyes que criminalizan el trabajo sexual, las cuales ponen en riesgo a las mujeres. Además, el derecho penal y por consecuencia, la prisión, termina por afectar a mujeres, y no, no todas las mujeres, pero sí a las de bajos recursos perseguidas por delitos no violentos, que viven en contextos de alta vulnerabilidad. Son en su mayoría madres solteras, las mujeres en los eslabones más bajos de la cadena del tráfico de drogas. Si bien las mujeres representan un porcentaje mínimo de la población global, lo que también contribuye a su invisibilizacion, ha venido en aumento en los últimos años. De hecho, Penal Reform Internacional reconoce que “​​la población de mujeres privadas de la libertad a nivel mundial ha aumentado 50 por ciento en 20 años”.

Los movimientos feministas en las Américas han sido parte fundamental en visibilizar las violencias contra las mujeres, generar conversaciones sobre el cambio de la cultura, la discriminación y las desigualdades. Sus contribuciones deben ser reconocidas y aplaudidas. Mi invitación es que hay que cuidar que las soluciones para erradicar las violencias terminen siendo entregadas al derecho penal, que es machista y patriarcal. Como dice Elena Larrauri, el derecho penal es masculino en consecuencia resultara un medio poco eficaz en la lucha de las mujeres. El derecho penal no es y nunca será la panacea de las mujeres.

Cómo expliqué anteriormente, la violencia contra la mujer tiene que ser erradicada, pero las avenidas carcelarias y punitivas han demostrado ser contraproducentes para las mujeres. Para erradicar las violencias, debemos también eliminar sus causas estructurales: la discriminación y las desigualdades, la feminización de la pobreza, la falta de acceso a oportunidades, entre muchas otras. Mi propuesta es trabajar en alternativas al sistema criminal, promovamos discusiones sobre justicia restaurativa o justicia retributiva.

Culmino con una frase de la poeta feminista Audre Lorde: «Las herramientas del amo nunca desmontan la casa del amo. Quizá nos permitan obtener una victoria pasajera siguiendo sus reglas del juego, pero nunca nos valdrán para efectuar un auténtico cambio.”

***

Las opiniones expresadas en esta sección son de entera responsabilidad de sus autores.

De la misma autora: El derecho a la planificación familiar es vital para las mujeres

 

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Comencemos por analizar la eficacia de las leyes de violencia contra la mujer. Los movimientos para regular leyes especializadas sobre violencia contra la mujer comenzaron en los 90s, durante este tiempo (y mucho antes) los feminismos y la incidencia feminista ha abrazado al Estado como protector y facilitado el uso del sistema penal como mecanismo de control. A pesar de las normas y las leyes, la violencia contra la mujer en el mundo y en Venezuela continua en aumento. En Venezuela por ejemplo, recientemente se reformó la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en una revisión comparativa podemos ver que todos los delitos fueron aumentados en una alta proporción. Por ejemplo, la prostitución forzada y esclavitud sexual pasaron de 10 a 15 a 20 a 25 años en prisión. Por otro lado, algunas organizaciones siguen insistiendo en el derecho penal como mecanismo para lograr la persecución de los delitos, como el delito de «sextorsión». El aumento de las penas muy bien sabemos que no tiene relación ni incidencia en que se cometa el delito, es decir, no son los años en prisión lo que disuade al perpetrador. Además genera una sensación digamos artificial de seguridad pero no se traduce en verdadera protección para las mujeres. En el caso de Venezuela es aun más preocupante, se ha documentado que el derecho penal ha sido el mecanismo ideal para perseguir y castigar a la disidencia, con un aparato judicial que está lejos de impartir justicia ya que no es imparcial, y está sujeto a las necesidades del Ejecutivo.

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Los movimientos feministas en las Américas han sido parte fundamental en visibilizar las violencias contra las mujeres, generar conversaciones sobre el cambio de la cultura, la discriminación y las desigualdades. Sus contribuciones deben ser reconocidas y aplaudidas. Mi invitación es que hay que cuidar que las soluciones para erradicar las violencias terminen siendo entregadas al derecho penal, que es machista y patriarcal. Como dice Elena Larrauri, el derecho penal es masculino en consecuencia resultara un medio poco eficaz en la lucha de las mujeres. El derecho penal no es y nunca será la panacea de las mujeres.

Cómo expliqué anteriormente, la violencia contra la mujer tiene que ser erradicada, pero las avenidas carcelarias y punitivas han demostrado ser contraproducentes para las mujeres. Para erradicar las violencias, debemos también eliminar sus causas estructurales: la discriminación y las desigualdades, la feminización de la pobreza, la falta de acceso a oportunidades, entre muchas otras. Mi propuesta es trabajar en alternativas al sistema criminal, promovamos discusiones sobre justicia restaurativa o justicia retributiva.

Culmino con una frase de la poeta feminista Audre Lorde: «Las herramientas del amo nunca desmontan la casa del amo. Quizá nos permitan obtener una victoria pasajera siguiendo sus reglas del juego, pero nunca nos valdrán para efectuar un auténtico cambio.”

***

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