Las 9 preguntas de Francisco Rodríguez para Delcy Rodríguez sobre el acuerdo petrolero
El economista se pregunta por qué siendo un acuerdo de esas características no se sometió a la aprobación de la AN como lo establece la Constitución

En un post de su cuenta de X, el economista Francisco Rodríguez analizó el acuerdo petrolero firmado por Donald Trump y Delcy Rodríguez a través del método socrático: La formulación de preguntas.
Francisco Rodríguez es investigador principal del Centro para la Investigación Política y Económica y profesor de la Universidad de Denver, se ha destacado por ser un hombre interesado en la política. Entre 2000 y 2004 fue director de la Oficina de Asesoría Económica de la Asamblea Nacional, más tarde en 2018 fue asesor de la campana presidencial de Henry Falcón desde donde impulsó la dolarización como medio para la estabilización económica.
Este domingo, Rodríguez saludo la alocución de la presidenta interina, Delcy Rodríguez donde explicó a los ciudadanos el contenido del acuerdo, sin embargo, considera que aun hay dudas que aclarar por lo que elaboró una serie de preguntas dirigidas a ella y a su equipo de gobierno, “a efectos de tratar con la necesaria transparencia un asunto que involucra el futuro de todos los venezolanos”.
- 1.- El artículo 150 de la Constitución requiere la aprobación de la Asamblea Nacional para los contratos de interés público nacional con Estados o entidades extranjeras. Tanto la presidenta Rodríguez como el presidente Trump han descrito este acuerdo como un acuerdo entre gobiernos, con lo cual cae claramente dentro del supuesto del artículo 150. No hay ningún precedente de un acuerdo económico con otro gobierno bajo la constitución de 1999 que no haya sido sometido a la aprobación de la Asamblea Nacional ¿Piensa el gobierno someter este acuerdo a la aprobación de la Asamblea Nacional? De no hacerlo, ¿está consciente del riesgo que implica comprometer los recursos de la nación en un acuerdo que no cuente con el necesario sustento jurídico y constitucional?
- 2.- El artículo 39 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos establece que para la selección de las operadoras petroleras se debe promover la concurrencia de diversas ofertas. ¿Puede explicar a la nación cómo se promovió esa concurrencia, y por qué no tenemos ningún conocimiento de una licitación o solicitud pública de ofertas? Si se acudió a un mecanismo de excepción, ¿cómo se justifica una excepción en un proceso que compromete más de la quinta parte de las reservas petroleras del país? ¿Cuál es el argumento de interés público que sustenta no haber llevado adelante un proceso de rondas de subastas competitivas, que habría permitido lograr los mayores beneficios para la nación?
- 3.- ¿Los ingresos fiscales proyectados de 209 mil millones de dólares durante 25 años, y de 19 dólares por barril, corresponden a montos nominales, ajustados por inflación, o a valores presentes netos? Un monto nominal de 19 dólares por barril en 2051, último año del proyecto, correspondería a un valor real de unos 9 dólares al día de hoy. Los 209 mil millones de dólares equivalen, a lo largo de 25 años, a unos 8.400 millones de dólares anuales, un monto relativamente bajo en comparación a los ingresos fiscales que Venezuela ha obtenido en el pasado de similares niveles de producción. Este monto sería aún más bajo si corresponde a un total nominal.
- 4.- Si el acuerdo, tal como usted lo explicó a la nación, cubre solo un período de 25 años, durante el cual se piensa extraer unos 11 mil millones de barriles, ¿por qué el presidente Trump ha dicho que este acuerdo permite a Estados Unidos obtener control sobre 65 mil millones de barriles? ¿Qué derechos adquiere EEUU sobre estos recursos al final de este período de 25 años? ¿Puede un futuro gobierno venezolano decidir retirarse de este acuerdo si no lo haya conveniente para el país?
- 5.- El presidente Trump ha dicho que este acuerdo no le costará un dólar a los contribuyentes estadounidenses. Debemos entonces suponer que la inversión de 100 mil millones de dólares vendrá a través de empresas privadas. ¿Cuáles son las empresas que se han comprometido a invertir esa suma? ¿Qué compromisos adquiere la nación en caso de que esa inversión no se materialice? ¿Qué posibilidad legal existe para que Venezuela pueda anular estos acuerdos en caso de incumplimiento por parte de los socios privados o públicos?
- 6.- El presidente Trump también ha dicho que con efecto inmediato se comenzará a surtir la reserva estratégica de petróleo de Estados Unidos, a través de un regalo (“gift”) de Venezuela. ¿Puede usted explicar bajo qué condiciones se está haciendo ese regalo? ¿Cuáles son los artículos de la ley o de la Constitución que le permiten a ustedes regalar propiedad petrolera venezolana? Y si ese flujo comienza de inmediato, tal como dice el presidente Trump, ¿quiere decir que se surtirá de la producción actual, y que por lo tanto implicará menores ingresos para el fisco nacional en el plazo inmediato?
- 7.- Medios internacionales han reportado que el acuerdo contempla un derecho preferencial de Estados Unidos a comprar el 20% de la producción venezolana a costo. ¿Puede confirmar si esto efectivamente forma parte del acuerdo? En caso de serlo, ¿ese 20% forma parte de la producción incremental o también incluye la producción actual? ¿Esa compra a costo implica que no se pagarán regalías ni impuesto sobre la renta sobre esos barriles? En el caso de que no se materialice la producción incremental que se espera de estas inversiones, ¿seguirá Venezuela comprometida a entregar ese 20% de su producción a Estados Unidos?
- 8. ¿Puede usted explicar si en el proceso de selección de operadoras se llevó adelante un proceso de debida diligencia para constatar que las empresas involucradas no hayan estado incursas en lavado de dinero u otras actividades delictivas? ¿Puede usted también constatar que, en caso de que estas empresas o sus dueños hayan tenido contratos en el pasado con el sector público — por ejemplo en el sector eléctrico — cumplieron con sus compromisos y no son corresponsables de la actual crisis del sistema eléctrico nacional?
- 9.- ¿Qué compromisos de transparencia establecerá el Estado venezolano para que los venezolanos puedan evaluar el uso de los recursos obtenidos mediante estos acuerdos, así como las condiciones de contratación? Debo recordarle que el portal http://transparenciasoberana.gob.ve, que usted anunció en marzo como portal de consulta para monitorear el uso de los ingresos petroleros con datos abiertos para todos los ciudadanos, tiene su última actualización del 13 de marzo de 2026 y contempla un solo ingreso de 300 millones de dólares, aproximadamente el 2% de los ingresos recibidos por exportaciones petroleras en lo que va de año.