Con la reforma del año 2010 se eliminó el término de delito electoral en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lope). A partir de ese momento, las posibles infracciones se penalizan según lo que establece el Código Penal y las demás leyes ordinarias.

Este vacío legal deja a discrecionalidad del Gobierno del presidente Nicolás Maduro las posibles sanciones que serán impuestas a los electores que sean considerados “saboteadores” de la elección a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).

“Antes, la Ley Orgánica del Sufragio tipificaba los supuestos de hecho y sus consecuencias jurídicas, pero la Ley Orgánica de Procesos Electorales se saltó el capítulo de delitos electorales. Esto supone un riesgo muy grande porque el Gobierno es el que va a determinar cuáles son las sanciones que se van a aplicar”, alertó la abogada experta en materia electoral, Eglée González.

La utilización de bienes de patrimonio público o en poder de un organismo público o empresa del Estado con fines políticos es castigado con prisión de 4 meses a 6 años en la Ley Contra la Corrupción.

En esta ley también se sanciona la destrucción de actas o de material electoral con prisión de 3 a 7 años y la destrucción de máquinas de votación-custodia del material electoral con prisión de 6 meses a 3 años.

La violencia o amenaza que impidan el ejercicio libre del derecho a sufragar será penada con 15 días a 15 meses de prisión. En caso que sea un funcionario el arresto será de 6 a 30 meses, de acuerdo con el Código Penal.

La usurpación de identidad o nacionalidad es castigada con prisión de 15 a 30 meses, según establece la Ley Orgánica de Identificación.

El ministro de Interior y Justicia, Néstor Reverol, advirtió que los que “saboteen” los comicios serán castigados con prisión de 5 a 10 años y activó 96 centros para procesar delitos electorales a tres días este jueves 27 de julio.

Aquí algunos delitos que pueden cometerse en un evento electoral:

Foto: globovision.com