CNE no tiene exclusividad legislativa sobre Ley Orgánica de Referendo, dice el rector Rondón
La siempre disidente opinión del rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón, se expresó la tarde de este miércoles, 6 de abril, para recordar que solo la Asamblea Nacional (AN) puede modificar o sancionar la ley orgánica de referendos que está bajo llave desde hace 17 años.
Rondón se opone al oficio que envió la presidenta del CNE, Tibsay Lucena, al Parlamento, en el que notificó que solo ellos pueden hacer alguna modificación o aprobación del mencionado texto jurídico. En otras palabras, tenían exclusividad legislativa sobre el proyecto de ley de referendos.
El rector principal del CNE explicó que si bien el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) facultó al ente comicial para reglamentar los procesos electorales y referendos, como se realizó en los años. 2003, 2004, 2007 y 2009, esta facultad está limitada hasta que el Parlamento apruebe la Ley Orgánica de Referendos.
En pleno contexto, la autoridad electoral también recordó que en los últimos 10 años la Asamblea Nacional ha aprobado leyes en materia electoral cuya iniciativa ha surgido del mismo seno del parlamento y no del Poder Electoral.
“Un ejemplo de ello es la Ley Orgánica de Procesos Electorales presentada ante el Parlamento por el diputado Darío Vivas en mayo de 2009 y sancionada dos meses después”, dijo al recordar la reforma parcial que se hizo en 2010, sobre la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, presentadas por: Tulio Jiménez, Iris Varela, Edgar Lucena y Hernán Pacheco.
Por esto, el Rector envió a la Comisión de Política Interior de la AN sus consideraciones sobre el proyecto de ley de referendos que pretenden sacar de la gaveta y sancionar en las próximas semanas.
