La Constitución le prohibe postularse si está ejerciendo cargo público pero la Lopre lo respalda hasta el inicio de campaña
Debe renunciar a su nacionalidad no venezolana

Rumores, mentiras y datos no confirmados inundan las redes sociales, en especial, a menos de tres meses para las elecciones presidenciales en un país como Venezuela, cuyo escenario político varía día a día.

En un chequeo anterior aclaramos que Corina Yoris, la candidata proclamada por la Plataforma Unitaria Democrática en sustitución de María Corina Machado para las elecciones presidenciales, sí pudiera ser electa como mandataria, debido a que no tiene nacionalidad uruguaya, como se había especulado. Ahora, la desinformación señala al chavista Rafael Lacava, gobernador del estado Carabobo, tras conjeturas de algunos internautas, sobre su nacionalidad.

En redes sociales como X, Instagram y TikTok, internautas aseguraron que Lacava no puede participar en un proceso electoral presidencial, debido a que no nació en Venezuela. Sin embargo, en la Constitución de Venezuela de 1999 se establecen pautas que le permiten postularse para el cargo.

En una entrevista realizada el 4 de abril de 2024, en el podcast, de Nicolás Maduro, Lacava dejó claro que había nacido en Roma, Italia.

“Yo nací en Roma, presidente. En Roma, porque mi mamá me fue a parir para allá. Me engendraron en Puerto Cabello. Y como mi abuela vivía allá en Italia, en Roma, mi mamá decidió, en el año 68, ir a dar a luz allá. Y a los 45 días, para atrás otra vez para Puerto Cabello”, señaló Lacava.

El gobernador de Carabobo igualmente indicó que su padre es venezolano y que es oriundo de la ciudad de Puerto Cabello, pero su madre si nació en Roma, Italia.

“Mi papá se fue a estudiar a Roma cuando tenía 11 años, porque mi abuelo mandó a los hijos a estudiar para allá. Mi mamá si es romana, ellos se conocieron en Roma, se casaron y se vinieron para acá. Se juntaron en el año 63 o 62”, recordó.

El artículo 32 de la Constitución reza: «Son venezolanos y venezolanas por nacimiento: 1. Toda persona nacida en el territorio de la República. 2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento. 3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezca su residencia en el territorio de la República o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana. 4. Toda persona nacida en territorio extranjero, de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad establezca su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir veinticinco años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

En Venezuela, los requisitos indispensables para postularse como candidato presidencial son: tener exclusivamente la nacionalidad venezolana y por nacimiento, ser mayor de 30 años, ser una persona seglar (es decir, tener vínculos con una religión pero no formar parte activa de la institución religiosa) y no estar sujeto a condena mediante una sentencia definitivamente firme de acuerdo a la web del CNE, que además recuerda el artículo 40 de la Constitución

Este establece que “los derechos políticos son privativos de los venezolanos y venezolanas, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución. Gozan de los mismos derechos de los venezolanos y venezolanas por nacimiento los venezolanos y venezolanas por naturalización que hubieren ingresado al país antes de cumplir los siete años de edad y residido en él permanentemente hasta alcanzar la mayoridad”.

Vale resaltar que la Constitución, en sus artículos 160 y 174 establecen que para ser gobernador o alcalde, cargos que ya ha ocupado Rafael Lacava, se requiere ser venezolano de nacimiento o naturalización, salvo en los estados y municipios fronterizos, en que sólo es posible siendo venezolano de nacimiento.

¿Pero qué pasa si tienes doble nacionalidad?

La sentencia 1144 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 15 de diciembre de 2016, que consta de 9 páginas, determinó que los ciudadanos venezolanos por nacimiento que posean doble nacionalidad, en caso de nacer fuera de Venezuela, podrán postularse a la Presidencia de la República siempre y cuando renuncien a su segunda ciudadanía antes de presentar su candidatura.

Este dictamen responde a un recurso de interpretación del artículo 227 de la Constitución presentado por el abogado Jaime Pájaro el 15 de marzo de 2016.

En su escrito, Pájaro sostiene que «es necesaria y urgente una interpretación de esta Sala, en virtud del contenido ambiguo y genérico del precitado artículo, en cuanto a la redacción del párrafo de no poseer otra nacionalidad».

Es decir, que Rafael Lacava es venezolano por nacimiento por ser hijo de padre venezolano de nacimiento y haberse establecido antes de los 7 años y hasta cumplir los 18 años en el país, gozando de todos los derechos políticos que los nacidos en Venezuela, según los artículos 32 y 40 de la Carta Magna venezolana. Y podría postularse a la presidencia al renunciar a su segunda nacionalidad italiana según la sentencia del TSJ.

¿Lacava para la presidencia?

El nombre de Lacava como posible candidato para el chavismo fue una idea que comenzó a difundirse en las redes sociales, tras el anuncio de la prórroga de tres días, hasta el 23 de abril, otorgada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para sustituciones de candidaturas presidenciales.

Para el exministro chavista, Andrés Izarra, el madurismo trata de perder en mejores condiciones. “Si con maduro—un ancla al cuello—perdían de calle, con Lacava intentarán acortar esa brecha para quedar mejor parados a futuro”, escribió Izarra mediante una publicación de la red social X, el domingo 21 de abril de 2024.

Aunque todavía no hay claridad sobre cuál será la jugada política del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), el gobernador Lacava no se ha pronunciado sobre estos rumores.

El artículo 229 de la Constitución agrega que el candidato o candidata no debe ejercer cargo como vicepresidente, ministro, gobernador y alcalde; es decir, si eligen a Lavaca como sustituto para las presidenciales por Maduro, o se lanza como opositor en las filas del chavismo, la Carta Magna lo obligaría a renunciar momentáneamente, pero la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) dice otra cosa.

Qué dice la Lopre

Está ley establece las condiciones que deben seguir los funcionarios de la Administración Pública que deseen postularse en un proceso electoral en Venezuela:

Artículo 57. Salvo lo previsto en la Constitución de la República los funcionarios y las funcionarias de la Administración Pública que se postulen en un proceso electoral, deberán separarse de manera temporal de sus cargos desde el día en que se inicie la campaña electoral hasta el día de la elección, ambas fechas inclusive.

De acuerdo al calendario electoral publicado por el CNE, la campaña electoral inicia el 4 de julio de 2024. 

Permiso a los postulados

Artículo 58. La administración está obligada a otorgar permiso a los funcionarios y las funcionarias de la Administración Pública que se postulen para participar en un proceso electoral durante el lapso en que deban estar separados o separadas de su cargo, de conformidad con lo previsto en la presente Ley.

Los funcionarios y las funcionarias de elección popular que aspiren a la reelección en sus cargos, podrán permanecer en los mismos durante todo el proceso electoral.

Griselda Colina, exrectora del Consejo Nacional Electoral (CNE) y directora del Observatorio Global de Comunicación y Democracia, en una consulta con el equipo de Cocuyo Chequea, señaló que lo estrictamente legal es lo que establece la Constitución. “Ninguna ley puede estar por encima de la Constitución”, reitera.

Sobre porqué el candidato Manuel Rosales no se apartó de su cargo, Colina indicó que desconoce si el gobernador del estado Zulia se apartó momentáneamente de su cargo público.

“Hay que preguntarle al gobernador si él hizo una renuncia formal a su cargo para poder postularse, y si no lo hizo, también hay que preguntarse cómo el sistema admitió esta postulación».

Conclusión

Rafael Alejandro Lacava Evangelista sí podría postularse como candidato presidencial en Venezuela, a pesar de haber nacido en Roma, Italia, pues es venezolano por nacimiento por su papá y por haberse establecido en Venezuela a los 45 días de haber nacido.

Para esto debe cumplir además con ciertos requisitos como apartarse del cargo como gobernador del estado Carabobo antes del inicio de la campaña electoral y renunciar a su nacionalidad no venezolana, según lo dictaminado por la Sentencia 1144 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

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