Una mesa llena de armas de guerra. Un hombre vestido de militar. Una mujer en short y blusa azul. En el medio de ellos, dos niñas pequeñas. Todos estos elementos forman parte de una fotografía que al fondo tiene un pendón de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB). La imagen es el resultado de un procedimiento de incautación de armas que se realizó en el estado Barinas.

Según el reporte militar, la incautación de armas ocurrió el lunes 4 de febrero en la madrugada. Funcionarios del punto de control de Santa Bárbara, D-332 de la GNB, detectaron que en un carro particular había un cargamento de armas largas.

En el Chevrolet Optra, color plateado, viajaba un sargento mayor de tercera de 33 años de edad. El militar pertenece al Ejército, específicamente a la plaza 796, grupo de artillería de Defensa Antiaérea Teniente Coronel Manuel Mora. Su sede está ubicada en San Juan de Colón, estado Táchira.

Con él viajaba su pareja, una mujer de 36 años de edad; y dos niñas, cuyas edades no fueron precisadas por la fuente militar. El grupo fue fotografiado al lado del material bélico incautado:

– Siete fusiles tipo FAL, cuatro de ellos con seriales borrados

– Un fusil con mira telescópica “no identificado” y sin serial

– Siete cargadores sin cartuchos

Niñas sin protección

La Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) es muy clara con el cuidado que deben tener las autoridades en materia de derechos de los niños y adolescentes. No deben ser expuestos a situaciones que pueda afectar su reputación o que les causen daños psicológicos.

“Aunque les taparon las caras, las colocan en una situación en la que las hacen partícipe del hecho. No son adolescentes que saben lo que está pasando. Seguramente son las hijas o nietas de la señora. Lo que debieron hacer fue sacar a las niñas y protegerlas. Llamar al Consejo de Protección para que ubicara a la familia y que ésta pudiera salvaguardar a las niñas. Sino dictar unas medidas de protección”, explicó Angeyeimar Gil, trabajadora social, profesora de la Universidad Central de Venezuela e investigadora.

En el artículo 65 de la Lopnna se explica que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al honor, reputación, propia imagen, vida privada e intimidad familiar. Por esta razón en dos parágrafos se prohíbe:

–  Exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los niños, niñas y adolescentes contra su voluntad o la de su padre, madre, representantes o responsables. Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o informaciones, a través
de cualquier medio, que lesionen el honor o la reputación de los niños, niñas y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar.

– Exponer o divulgar, por cualquier medio, datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente, a los niños, niñas y adolescentes que hayan sido sujetos activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorización judicial fundada en
razones de seguridad u orden público.

Por esta razón, Efecto Cocuyo se reserva el nombre de los adultos detenidos en el procedimiento militar.

Según la fuente tanto los adultos como las niñas fueron “detenidas”. Sin embargo, la Lopnna expone en su artículo 531 que solo los adolescentes mayores de 14 años pueden ser procesados penalmente.

“Siempre hay que tratar de que las fotos no terminen exponiendo y revictimizando a las niñas. Hay que cuidar si esa foto sale en medios o ha sido difundida. Sobretodo porque ellas no tienen nada que ver con el procedimiento, o sea ellas no tenían encima las armas, sino que estaban en el carro con los adultos”, recordó Gil.

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