Acción y reacción. La página del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) amaneció este sábado 1 de abril con dos novedades en su sección de decisiones de la Sala Constitucional: sendas modificaciones en las sentencias 155 y 156, luego de que en la madrugada, el Consejo de Defensa Nacional exhortara al máximo tribunal a revisar estos fallos.
Aunque a media mañana se reportaran problemas para acceder a la página del máximo tribunal, a primera hora se observó publicada la sentencia 157, donde indica que «se suprime el contenido» de la sentencia 155 referido a la inmunidad parlamentaria y «se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo».
También se publicó en la ficha de resumen la sentencia 158, que señala que el contenido 4.4 de la sentencia 156 referido a que «la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por éstas o por el órgano que ella disponga para velar por el Estado de Derecho» también «se suprime».
Esta acción ha sido calificada por voceros de la oposición como que el TSJ recula en su propósito de inhabilitar a la Asamblea Nacional de mayoría opositora. No obstante, todavía existen 54 sentencias previas en las cuales el máximo tribunal, sostenido en el argumento del desacato, le acusa de omisión legislativa y mantiene que todos los actos del Parlamento son nulos.
Por ejemplo, en la polémica sentencia 156 sigue sin modificarse la atribución que le confirió el Tribunal Supremo al Ejecutivo nacional para crear empresas mixtas sin la autorización previa de la AN, como lo establece el marco legal vigente en el país.
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Aunque a media mañana se reportaran problemas para acceder a la página del máximo tribunal, a primera hora se observó publicada la sentencia 157, donde indica que «se suprime el contenido» de la sentencia 155 referido a la inmunidad parlamentaria y «se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo».
También se publicó en la ficha de resumen la sentencia 158, que señala que el contenido 4.4 de la sentencia 156 referido a que «la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por éstas o por el órgano que ella disponga para velar por el Estado de Derecho» también «se suprime».
Esta acción ha sido calificada por voceros de la oposición como que el TSJ recula en su propósito de inhabilitar a la Asamblea Nacional de mayoría opositora. No obstante, todavía existen 54 sentencias previas en las cuales el máximo tribunal, sostenido en el argumento del desacato, le acusa de omisión legislativa y mantiene que todos los actos del Parlamento son nulos.
Por ejemplo, en la polémica sentencia 156 sigue sin modificarse la atribución que le confirió el Tribunal Supremo al Ejecutivo nacional para crear empresas mixtas sin la autorización previa de la AN, como lo establece el marco legal vigente en el país.