Por segundo día consecutivo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró este viernes 6 de mayo inconstitucional una ley que fue sancionada por la Asamblea Nacional con mayoría opositora. Se trata de la Ley que otorga titularidad a los beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
El texto fue promovido como oferta electoral de la Mesa de la Unidad Democrática y fue el primero que sancionó el Poder Legislativo en fecha 13 de abril.
A petición del presidente Nicolás Maduro, la sala constitucional hizo la interpretación. Consideran que la norma jurídica es regresiva e inconstitucional. Además, en el texto señalan que “Contraviene los fines del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia por no garantizar el ejercicio pleno del derecho de las familias a tener un hogar, además de no haber cumplido con las formalidades esenciales del procedimiento de formación de leyes previstas en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional”.
Parte de la sentencia reza que la AN incurrió en usurpación de funciones del Director de la Hacienda Pública Nacional -Presidente de la República- al condonar las deudas contraídas por los beneficiarios.
Tal como en otras oportunidades, los magistrados que suscribieron la sentencia fueron la propia presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, y los magistrados Arcadio Delgado, Carmen Zuleta, Juan José Mendoza, Calixto Ortega, Luis Damiani y Lourdes Suárez.
Radio Rumbos suspende su programación por problemas entre sus socios
TSJ suspende plazo de seis meses a universidades para realizar elecciones
Facultad de Derecho de la Ucab rechaza modificación del IVA, COT y Ley de Aduanas
Machado y Velásquez ratifican que no quieren apoyo del CNE para primarias
Plataforma unitaria y precandidatos opositores rechazan ataques contra Henrique Capriles
Comisión de Primaria pedirá reunión con el CNE para discutir asistencia técnica
Por segundo día consecutivo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró este viernes 6 de mayo inconstitucional una ley que fue sancionada por la Asamblea Nacional con mayoría opositora. Se trata de la Ley que otorga titularidad a los beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
El texto fue promovido como oferta electoral de la Mesa de la Unidad Democrática y fue el primero que sancionó el Poder Legislativo en fecha 13 de abril.
A petición del presidente Nicolás Maduro, la sala constitucional hizo la interpretación. Consideran que la norma jurídica es regresiva e inconstitucional. Además, en el texto señalan que “Contraviene los fines del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia por no garantizar el ejercicio pleno del derecho de las familias a tener un hogar, además de no haber cumplido con las formalidades esenciales del procedimiento de formación de leyes previstas en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional”.
Parte de la sentencia reza que la AN incurrió en usurpación de funciones del Director de la Hacienda Pública Nacional -Presidente de la República- al condonar las deudas contraídas por los beneficiarios.
Tal como en otras oportunidades, los magistrados que suscribieron la sentencia fueron la propia presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, y los magistrados Arcadio Delgado, Carmen Zuleta, Juan José Mendoza, Calixto Ortega, Luis Damiani y Lourdes Suárez.