El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió una sentencia más contra las decisiones de la Asamblea Nacional (AN). En esta ocasión, autorizó al ente bancario del Estado a suscribir préstamos con el Fondo Latinoamericano de Reservas (Flar), aunque no cuenten con la aprobación del Legislativo.

El máximo tribunal admitió un recurso de interpretación interpuesto por el abogado Alejandro Cáribas, actuando como apoderado del BCV, que habla de “la falsa afirmación que suele hacerse respecto a que la totalidad de contratos que impliquen de algún modo el endeudamiento de la nación por ser operaciones de crédito público, son susceptibles de catalogarse como contratos de interés público”.

Cáribas afirma esto a partir de la reinterpretación del artículo 150 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que “la celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley (…)”.

En su recurso de interpretación, el abogado señala que el TSJ ha reconocido excepciones en otros casos de financiamento o préstamos de recursos, “que han sido examinados han estado dirigidas fundamentalmente a la ejecución de obras de interés nacional conforme a la definición que la propia Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público aporta”.

La decisión emitida por la Sala Constitucional del TSJ, bajo el número de Expediente 16-0683, declara al BCV como “una persona jurídica de derecho público, de rango constitucional, de naturaleza única, con plena capacidad pública y privada, integrante del Poder Público Nacional, con patrimonio propio”.

El recurso de Cáribas solicita a la Sala la interpretación no solo del artículo 150, sino también de los 187.9, 236.14 y 247, para evitar que “se instaure un control previo parlamentario sobre el BCV”, puesto que esto vulneraría su autonomía.

Esta sentencia es ilegal según explicó el diputado y exdirectivo del BCV, José Guerra, a Efecto Cocuyo. “La Constitución es clara: todo contrato tiene que estar aprobado por la Asamblea. Esto es para un endeudamiento”, dijo el economista.

Guerra también señaló que se desconoce para qué sería usado este préstamo. “Eso es el desespero de Merentes (presidente del BCV) por tener dólares, para financiar no se qué, porque eso no está claro”.

Puntualizó que la AN va a denunciar esta sentencia, porque el BCV no puede pedir ese préstamo sin su aprobación.

Esta es la décimo octava sentencia del TSJ emitida en contra de la Asamblea. Por este motivo su presidente, Henry Ramos Allup, anunció que denunciarían la situación frente a los organismos internacionales competentes. 

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