La diputada a la Asamblea Nacional y presidenta de la Comisión de Política Interior del Parlamento venezolano, Delsa Solórzano, explicó en su cuenta de Twitter que en Venezuela el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) prohíbe la detención preventiva de personas mayores de 70 años, al referirse a la aprehensión del abogado, historiador y político Enrique Aristeguieta Gramcko, quien sacado de su vivienda este viernes, 2 de febrero, por presuntos funcionarios del Sebin.
Solórzano colgó una imagen del artículo 231 del COPP en la que se lee: «No se podrá decretar la privación judicial preventiva de libertad de las personas mayores de 70 años, de las mujeres en los tres últimos meses de embarazo, de las madres durante la lactancia de sus hijos o hijas hasta los seis meses posteriores al nacimiento, o de las personas afectadas por una enfermedad en fase terminal, debidamente comprobada«.
El artículo también señala que si en estos casos es imprescindible una medida cautelar de carácter personal, se decretará la detención domiciliaria o reclusión en un centro especializado.
La parlamentaria condenó la «detenciones arbitraria» del exmiembro de la Junta Patriótica que participó en el derrocamiento del dictador Marcos Pérez Jiménez en el año de 1958, y dijo que la AN está brindando asesoría jurídica con abogados en el Sebin para lograr la liberación de Aristiguieta Gramcko.
Gonzalo Himiob, director del Foro Penal, también dijo más temprano en Twitter que el Código Procesal Penal prohíbe la detención de mayores de 70 años, y en este caso Aristeguieta Gramcko con 85 años, es una persona que no puede permanecer apresado porque así lo establece la ley penal venezolana.
El Dr. Enrique Aristiguieta Gramcko (@EAristeguieta) está amparado por el Art. 231 del COPP. En última instancia, solo si es imprescindible, podría quedar sujeto a un arresto domiciliario. pic.twitter.com/zKgkmzXT3e
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 2, 2018
Y añadió que «recordar lo que dicen y ordenan las leyes en estos tiempos de ignominia no es una ingenuidad. Es un acto de rebeldía. Es encender una vela en la densa oscuridad de las cuevas del oprobio».
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La diputada a la Asamblea Nacional y presidenta de la Comisión de Política Interior del Parlamento venezolano, Delsa Solórzano, explicó en su cuenta de Twitter que en Venezuela el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) prohíbe la detención preventiva de personas mayores de 70 años, al referirse a la aprehensión del abogado, historiador y político Enrique Aristeguieta Gramcko, quien sacado de su vivienda este viernes, 2 de febrero, por presuntos funcionarios del Sebin.
Solórzano colgó una imagen del artículo 231 del COPP en la que se lee: «No se podrá decretar la privación judicial preventiva de libertad de las personas mayores de 70 años, de las mujeres en los tres últimos meses de embarazo, de las madres durante la lactancia de sus hijos o hijas hasta los seis meses posteriores al nacimiento, o de las personas afectadas por una enfermedad en fase terminal, debidamente comprobada«.
El artículo también señala que si en estos casos es imprescindible una medida cautelar de carácter personal, se decretará la detención domiciliaria o reclusión en un centro especializado.
La parlamentaria condenó la «detenciones arbitraria» del exmiembro de la Junta Patriótica que participó en el derrocamiento del dictador Marcos Pérez Jiménez en el año de 1958, y dijo que la AN está brindando asesoría jurídica con abogados en el Sebin para lograr la liberación de Aristiguieta Gramcko.
Gonzalo Himiob, director del Foro Penal, también dijo más temprano en Twitter que el Código Procesal Penal prohíbe la detención de mayores de 70 años, y en este caso Aristeguieta Gramcko con 85 años, es una persona que no puede permanecer apresado porque así lo establece la ley penal venezolana.
El Dr. Enrique Aristiguieta Gramcko (@EAristeguieta) está amparado por el Art. 231 del COPP. En última instancia, solo si es imprescindible, podría quedar sujeto a un arresto domiciliario. pic.twitter.com/zKgkmzXT3e
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 2, 2018
Y añadió que «recordar lo que dicen y ordenan las leyes en estos tiempos de ignominia no es una ingenuidad. Es un acto de rebeldía. Es encender una vela en la densa oscuridad de las cuevas del oprobio».
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