El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio decidió no solo que existen los méritos para enjuiciar al presidente de la República Nicolás Maduro por supuestos delitos de corrupción y legitimación de capitales, sino que además solicitó su prisión preventiva y emitió una orden de alerta roja internacional, en la que pide a Interpol la captura del jefe de Estado.
Sin embargo, esta última acción dentro del derecho internacional no tendría ningún efecto, porque Interpol es un organismo que se alimenta de la cooperación entre los Estados y solo estaría obligado a cumplirla, si un tribunal internacional como la Corte Penal Internacional de La Haya lo solicitara.
Así lo explicó el abogado y analista internacional Daniel Merchán, quien dijo que no hay precedentes de esta naturaleza; es decir ningún jefe de Estado ha sido detenido por Interpol en el ejercicio de sus funciones porque además deben ser emitidas «por tribunales internacionales como la Corte Penal Internacional, que las solicita por delitos de lesa humanidad, violación a los derechos humanos«, explicó a Efecto Cocuyo.
Destacó que Interpol funciona con la colaboración entre los países, de manera que en las naciones aliadas con el Gobierno venezolano, esa medida no tendría efecto y aunque hay un importante número de gobiernos que condenan a Maduro por la falta de democracia en Venezuela, no podrían hacerlo por la limitante del derecho internacional.
Lea más en: TSJ en el exilio declara méritos para enjuiciar a Maduro y pide a la AN autorizar el proceso
El jurista, quien además es director de la Consultoría Universus, dijo que aún cuando los magistrados del TSJ en el exilio tienen legitimidad de origen porque fueron escogidos por la Asamblea Nacional en el año 2017, siguiendo los mecanismos constitucionales y las facultades que tiene el Poder Legislativo para hacerlo, la aplicación de las decisiones que tomó ese alto tribunal en el contexto interno es «muy complicado».
Primero porque existe un Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dentro del país que declaró en desacato a la AN e intentó suprimir sus facultades legislativas con sendas sentencias el año pasado, que desencadenaron las protestas a lo largo de cuatro meses, y segundo porque con la Asamblea Nacional Constituyente, se creó un mecanismo para anular aún más al Parlamento venezolano.
«Ese TSJ es un poder constitucionalmente establecido, designado por la AN legítima, con magistrados que tienen investidura legal que les da la propia norma, con facultades para revisar y decidir sobre temas de índole nacional y el antejuicio de mérito contra el presidente es uno de ellos, pero la situación venezolana es muy atípica para que lo que decidieron se pueda aplicar en el país», manifestó.
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Recordó que estos magistrados después de ser designados fueron hostigados y perseguidos por el Gobierno, a través de los órganos de inteligencia como el Sebin, por los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ que preside Maikel Moreno y después por el Ministerio Público que les imputó delitos de traición a la patria y conspiración contra la República.
Por eso debieron salir del país, desde donde han ejercidos sus funciones y son reconocidos por la comunidad internacional pero no en Venezuela. «El Tribunal Supremo en el exilio es un referente importante para la comunidad internacional, tiene elementos de legibilidad y es legítimo para otros países, pero nos encontramos en situación atípica, aunque esa decisión es muy importante porque sienta precedente para la comunidad internacional, falta mucho que ver si en el país puede llegar a ejecutarse», dijo Merchán.
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Añadió que en el Parlamento habrá el mismo dilema, porque están en la obligación constitucional de decidir si se prosigue o no ese proceso judicial contra Maduro, darle el visto bueno para que continúe no es garantía alguna de que se pueda llevar a cabo una destitución del primer mandatario nacional, porque no habría organismo interno que la vaya a cumplir.
Además, el TSJ en el exilio debe notificar a la directiva del Parlamento la decisión que tomaron para que en plenaria se discuta, debata y decida si avalarán el juicio contra el jefe de Estado.
Foto: Deutsche Welle
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El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio decidió no solo que existen los méritos para enjuiciar al presidente de la República Nicolás Maduro por supuestos delitos de corrupción y legitimación de capitales, sino que además solicitó su prisión preventiva y emitió una orden de alerta roja internacional, en la que pide a Interpol la captura del jefe de Estado.
Sin embargo, esta última acción dentro del derecho internacional no tendría ningún efecto, porque Interpol es un organismo que se alimenta de la cooperación entre los Estados y solo estaría obligado a cumplirla, si un tribunal internacional como la Corte Penal Internacional de La Haya lo solicitara.
Así lo explicó el abogado y analista internacional Daniel Merchán, quien dijo que no hay precedentes de esta naturaleza; es decir ningún jefe de Estado ha sido detenido por Interpol en el ejercicio de sus funciones porque además deben ser emitidas «por tribunales internacionales como la Corte Penal Internacional, que las solicita por delitos de lesa humanidad, violación a los derechos humanos«, explicó a Efecto Cocuyo.
Destacó que Interpol funciona con la colaboración entre los países, de manera que en las naciones aliadas con el Gobierno venezolano, esa medida no tendría efecto y aunque hay un importante número de gobiernos que condenan a Maduro por la falta de democracia en Venezuela, no podrían hacerlo por la limitante del derecho internacional.
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Primero porque existe un Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dentro del país que declaró en desacato a la AN e intentó suprimir sus facultades legislativas con sendas sentencias el año pasado, que desencadenaron las protestas a lo largo de cuatro meses, y segundo porque con la Asamblea Nacional Constituyente, se creó un mecanismo para anular aún más al Parlamento venezolano.
«Ese TSJ es un poder constitucionalmente establecido, designado por la AN legítima, con magistrados que tienen investidura legal que les da la propia norma, con facultades para revisar y decidir sobre temas de índole nacional y el antejuicio de mérito contra el presidente es uno de ellos, pero la situación venezolana es muy atípica para que lo que decidieron se pueda aplicar en el país», manifestó.
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Recordó que estos magistrados después de ser designados fueron hostigados y perseguidos por el Gobierno, a través de los órganos de inteligencia como el Sebin, por los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ que preside Maikel Moreno y después por el Ministerio Público que les imputó delitos de traición a la patria y conspiración contra la República.
Por eso debieron salir del país, desde donde han ejercidos sus funciones y son reconocidos por la comunidad internacional pero no en Venezuela. «El Tribunal Supremo en el exilio es un referente importante para la comunidad internacional, tiene elementos de legibilidad y es legítimo para otros países, pero nos encontramos en situación atípica, aunque esa decisión es muy importante porque sienta precedente para la comunidad internacional, falta mucho que ver si en el país puede llegar a ejecutarse», dijo Merchán.
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Añadió que en el Parlamento habrá el mismo dilema, porque están en la obligación constitucional de decidir si se prosigue o no ese proceso judicial contra Maduro, darle el visto bueno para que continúe no es garantía alguna de que se pueda llevar a cabo una destitución del primer mandatario nacional, porque no habría organismo interno que la vaya a cumplir.
Además, el TSJ en el exilio debe notificar a la directiva del Parlamento la decisión que tomaron para que en plenaria se discuta, debata y decida si avalarán el juicio contra el jefe de Estado.
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