CAR210. CARACAS (VENEZUELA), 01/04/2017.- El presidente del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), el magistrado Maickel Moreno (2-d), llega a una rueda de prensa acompañado por los magistrados María Ameliach (i) y Juan Mendoza (d) hoy, sábado 1 de abril de 2017, en Caracas (Venezuela). El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela suprimió hoy dos puntos de un par de sentencias publicadas esta semana que limitaban la inmunidad parlamentaria y las competencias de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento), de mayoría opositora. EFE/CRISTIAN HERNÁNDEZ

Desde su currículo hasta el nombramiento. Los siete magistrados que hoy se encuentran en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia no deberían ocupar ese cargo, debido a que la mayoría no cumple con el total de requisitos que exigen las leyes venezolanas y porque su proceso de designación estuvo viciado.

Sin embargo, desde esta Sala emanan todas las sentencias que hasta la fecha han bloqueado al Poder Legislativo venezolano. Esta última semana de marzo, y principio de abril, cuatro decisiones han vulnerado más los valores democráticos: las dos primeras, las sentencias 155 y 156, limitaron la inmunidad parlamentaria, otorgaron poderes al Presidente para legislar en materia penal y lo autorizaron para crear empresas mixtas en el área de hidrocarburos, y la Sala Constitucional asumió las competencias de la Asamblea Nacional.

Organizaciones políticas, constitucionalistas, ONG, gremios, se manifestaron y al menos 20 países mostraron su preocupación por lo que se considera un golpe al parlamento. Además la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, manifestó que ambas sentencias rompían la constitucionalidad del país. También reaccionaron la Unión Europea, la Organización de Estados Americanos y Mercosur convocó una reunión de emergencia.

Un día después, el viernes 31 de marzo, el presidente Nicolás Maduro decidió “dirimir el impasse” entre el Poder Judicial y el Ministerio Público y convocar a un Consejo de Defensa de la Nación. Todo esto terminó con las modificaciones contenidas en las sentencias 157 y 158.

 ¿Quiénes están detrás de estos documentos?

De acuerdo con una investigación que realizó la organización Acceso a la Justicia, en la que evaluaron los perfiles de los 32 magistrados que conforman las seis salas del TSJ, se evidencia que solo uno de los siete juristas de la Sala Constitucional cumple con todos los requisitos legales y constitucionales: Arcadio Delgado.

Este informe se realizó con los magistrados que estaban fijos en el TSJ y no con los suplentes. Pero las sentencias 155 y 156 fueron firmadas por un jurista suplente, que sustituye a Gladys Gutiérrez, de quien no se supo más oficialmente luego de que Maikel Moreno asumió la presidencia del Poder Judicial.

La firma de Federico Sebastián Fuenmayor Gallo aparece en las dos primeras decisiones, en sustitución de Gladys Gutiérrez. Forma parte de los 13 magistrados y 21 suplentes que la AN con mayoría oficialista designó de forma irregular en diciembre de 2015, por lo que a este grupo se le conoce como “magistrados exprés“.

De acuerdo con el portal Runrunes, Fuenmayor Gallo sería abogado de la Universidad de Los Andes, título que debería poderse corroborar en la página del TSJ pero que hasta la fecha se mantiene en mantenimiento. La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Lotsj) establece que un juez debe postularse a la sala según sea su especialidad, tener posgrados y especializaciones relacionados con esa área.

Este abogado está especializado en el área penal, o al menos muestra interés en la rama, debido a las múltiples publicaciones que el Ministerio Público cita sobre el tema y adjudica a su nombre, al igual que dos que aparecen en la biblioteca virtual de la Academia de Ciencias Polítcas y Sociales.

“El abogado Federico Fuenmayor Gallo, actualmente mano derecha de Gladys Gutiérrez, abogado asistente directo de la Presidenta y redacta las sentencias y coordina, junto con la abogada secretaria, todos los expedientes de la Presidenta”, publicó Quinto Día a finales de 2016.

Aparte de Fuenmayor, los magistrados Carmen Zuleta, Juan José Mendoza, Calixto Ortega, Lourdes Suárez y Luis Damiani también tienen “huecos” en sus hojas de vida que los desmerita para los puestos que ocupan actualmente.

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Infografía realizada con datos de Acceso a la Justicia para agosto de 2016
  1. Carmen Zuleta:
    • Fue acusada en 2014 de usar influencias en su beneficio, indicó el diario zuliano Noticia al Día. Esto atenta contra el requisito de “reconocida honorabilidad” que exige la Constitución en el artículo 263 y también contra la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Lotsj) en su artículo 38, en el que se establece que los magistrados no deben haber sido condenados penalmente ni sancionados por responsabilidad administrativa, en ambos casos mediante decisión definitivamente firme.
    • No hizo carrera judicial, es decir, no había ocupado un puesto de juez de alguna instancia; lo cual incumple la Constitución y la Lotsj.
    • Se desconoce si su nacionalidad es la venezolana, pues no aparece su CV en la página web y no fue entregada esta información a la organización que realizó el estudio. Este es un requisito constitucional.
  2. Juan José Mendoza:
    • No se tiene conocimiento si posee algún tipo de estudios de cuarto nivel, requisito de la Constitución.
    • No ha dado clases sobre la materia jurídica, requisito contemplado en la Constitución y la Lotsj.
    • No hizo carrera judicial, es decir, no había ocupado un puesto de juez de alguna instancia.
    • En 2012, cuando era inspector de tribunales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), fue señalado por el abogado José Graterol de querer destituir a la exjueza María Lourdes Afiuni, para corregir el error cometido al suspenderla de su cargo de juez titular sin el proceso de rigor.
    • Fue diputado de la Asamblea Nacional por el Psuv, lo que contradice a la Lotsj que exige que los magistrados no tengan filiación ni militancia política.
  3. Luis Fernando Damiani:
    • Posee numerosos estudios de cuarto nivel, pero en el campo de las ciencias sociales. Atenta contra la Lotsj y la Constitución, que establecen que  los magistrados deben tener posgrados en el área jurídica a la que se postula.
    • No ha practicado la abogacía por 15 años o más, lo cual es un requisito no obligatorio de la Constitución.
    • No ha impartido clases en el área jurídica, lo cual es un requisito no obligatorio de la Constitución.
    • No consiguió puesto de juez superior.
  4. Calixto Ortega:
    • No tiene estudio de posgrado.
    • No ha impartido clases en materia de leyes.
    • No realizó carrera judicial.
    • Fue diputado a la Asamblea Nacional por los partidos MVR y Psuv durante los períodos 2000-2005 y 2006-2010, respectivamente. Además, fue candidato voto lista del Gran Polo Patriótico en las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 por el estado Zulia. Ha ocupado cargos dentro de la administración gubernamental.
  5. Lourdes Suárez:
    • No ha practicado la abogacía por más de 15 años.
    • No posee títulos de posgrado.
    • No ha impartido clases en temas de derecho.
    • No ejerció carrera judicial.
  6. Arcadio Delgado:
    • No fue juez superior por más de 15 años.

Foto: Efe

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5 Comentarios

  1. los requisitos establecidos en le articulo 263 de la constitución no con concurrentes, es decir, puede haber cumplido uno de los supuestos para optar el cargo, es decir puede haber sido profesor y no ser abogado litigante ni juez. es una manipulacion de la informacion

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