En su balance anual, el fiscal general nombrado por la Asamblea Nacional Constituyente de 2017, Tarek William Saab, destacó las sentencias condenatorias de dos funcionarios a quienes se les imputó homicidio culposo, quebrantamiento de las obligaciones de custodia, agavillamiento y favorecimiento de fuga agravada por el caso del exconcejal Fernando Albán, fallecido el 8 de octubre de 2018 durante su reclusión en la sede del Sebin, en Caracas.
El abogado Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, puntualiza –tras las declaraciones del fiscal- que las sentencias a 5 años y 10 meses de reclusión de esos dos funcionarios lo que busca es enmascarar una evidencia de impunidad. ¿Por qué? En claves su explicación y algunas preguntas lógicas que invitan a la reflexión.
A pesar de ser una sentencia condenatoria, el alcance de la condena es tan pequeña, que en la práctica implica la libertad de estas personas.
“El cumplimiento de penas en Venezuela es a partir de los ocho años, y con sentencias inferiores, pues operan medidas sustitutivas. En razón de esto, vemos cómo a través de una sentencia condenatoria se está encubriendo un elemento claro y manifiesto de impunidad”.
Y más allá de las sentencias, «seguimos sin saber qué pasó», dice el abogado.
“La misma imputación resulta contradictoria, incongruente, porque el principal delito que es el homicidio culposo implica que no hubo intención de matar y, por otro lado, hay la imputación de delitos dolosos; es decir, con intención criminal, en este caso, el agavillamiento que es precisamente eso la asociación para delinquir para cometer un delito.
“Lo mismo ocurre con el delito de favorecimiento de la fuga, que implica que hubo una colaboración para la realización de ese supuesto acto de fuga”.
Otra de las apreciaciones, que sostiene Daniels, son las incongruencias en el relato.
“Al principio dijeron que se había suicidado y, además, el propio fiscal amenazó a quien osara contradecir esa hipótesis, a ser objeto de medidas legales correspondientes. Al final no sabemos qué ocurrió».
Aquí el defensor se pregunta: «¿Cómo una persona puede hacer un intento de fuga desde un piso 10? ¿Pensaba Fernando Albán abrir una ventana para salir? ¿Qué lógica tiene eso, en un edificio lleno de funcionarios de seguridad el Estado?»
Luego de hacer esos planteamientos, Alí Daniels, dice que se solidariza con la familia y sostiene: “Esto es una absolutoria disfrazada bajo la denominación de una sentencia condenatoria”.
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En su balance anual, el fiscal general nombrado por la Asamblea Nacional Constituyente de 2017, Tarek William Saab, destacó las sentencias condenatorias de dos funcionarios a quienes se les imputó homicidio culposo, quebrantamiento de las obligaciones de custodia, agavillamiento y favorecimiento de fuga agravada por el caso del exconcejal Fernando Albán, fallecido el 8 de octubre de 2018 durante su reclusión en la sede del Sebin, en Caracas.
El abogado Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, puntualiza –tras las declaraciones del fiscal- que las sentencias a 5 años y 10 meses de reclusión de esos dos funcionarios lo que busca es enmascarar una evidencia de impunidad. ¿Por qué? En claves su explicación y algunas preguntas lógicas que invitan a la reflexión.
A pesar de ser una sentencia condenatoria, el alcance de la condena es tan pequeña, que en la práctica implica la libertad de estas personas.
“El cumplimiento de penas en Venezuela es a partir de los ocho años, y con sentencias inferiores, pues operan medidas sustitutivas. En razón de esto, vemos cómo a través de una sentencia condenatoria se está encubriendo un elemento claro y manifiesto de impunidad”.
Y más allá de las sentencias, «seguimos sin saber qué pasó», dice el abogado.
“La misma imputación resulta contradictoria, incongruente, porque el principal delito que es el homicidio culposo implica que no hubo intención de matar y, por otro lado, hay la imputación de delitos dolosos; es decir, con intención criminal, en este caso, el agavillamiento que es precisamente eso la asociación para delinquir para cometer un delito.
“Lo mismo ocurre con el delito de favorecimiento de la fuga, que implica que hubo una colaboración para la realización de ese supuesto acto de fuga”.
Otra de las apreciaciones, que sostiene Daniels, son las incongruencias en el relato.
“Al principio dijeron que se había suicidado y, además, el propio fiscal amenazó a quien osara contradecir esa hipótesis, a ser objeto de medidas legales correspondientes. Al final no sabemos qué ocurrió».
Aquí el defensor se pregunta: «¿Cómo una persona puede hacer un intento de fuga desde un piso 10? ¿Pensaba Fernando Albán abrir una ventana para salir? ¿Qué lógica tiene eso, en un edificio lleno de funcionarios de seguridad el Estado?»
Luego de hacer esos planteamientos, Alí Daniels, dice que se solidariza con la familia y sostiene: “Esto es una absolutoria disfrazada bajo la denominación de una sentencia condenatoria”.