Con José Arias, en el municipio Santos Michelena (Aragua), son tres los alcaldes interinos que ha designado el chavismo tras la detención de las autoridades electas presuntamente vinculadas a la delincuencia organizada.
Aunque la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece, en su artículo 87, que para que haya falta absoluta debe haber una sentencia firme por parte de cualquier tribunal de la República, la norma también confiere el poder a los concejos municipales para decidir, en un periodo de 90 días, sí hay o no falta absoluta a partir del “análisis de las circunstancias que constituyen las razones de la ausencia”.
Esta atribución no es menor, ya que si la falta absoluta del alcalde se produce antes de que tome posesión del cargo o antes de que se cumpla la mitad de su periodo legal se debe convocar una nueva elección.
Sin embargo, el común denominador en los casos que explicaremos a continuación ha sido que el chavismo resuelve estos “vacíos” de poder con gobiernos interinos en lugar de convocar nuevos comicios, lo que atenta contra “el derecho a elegir y a ser elegido de los ciudadanos de esas localidades” consagrados en los artículos 63 y 67 de la Constitución, según alerta la asociación civil Súmate.
Municipio Semprún (Zulia). La detención de Keyrineth Fernández por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicos y asociación, debía resolverlo el concejo municipal designando a un funcionario “dentro del alto nivel de dirección ejecutiva”.
Sin embargo, fue elegido como alcalde interino Wuyhsmans González, quien fue candidato a ese mismo cargo en las elecciones de 2021, en contravención de la Ley.
Además de esto, transcurrieron los 90 días estipulados para que se decretara la falta absoluta de la exalcaldesa, pero a pesar de que la causa de su ausencia es su privativa de libertad por delitos contemplados en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, esto no fue razón suficiente para que el concejo municipal (de mayoría chavista) se pronunciara en este sentido.
El gobierno interino de González se mantiene hasta hoy, al igual que la ausencia de Fernández que ya suma 13 meses separada de sus funciones.
Municipio Independencia (Anzoátegui). Carlos Vidal fue privado de libertad por la presunta comisión de los delitos de contrabando agravado de combustible y financiamiento al terrorismo, peculado doloso propio y asociación para delinquir.
El entonces secretario general de la gobernación, Hernán Rodríguez Viña, fue designado como alcalde interino.
Los concejales acordaron tal nombramiento “mientras dure la ausencia temporal del titular (Carlos Rafael Vidal Bolívar), quien fue sometido a detención judicial; es decir, hasta que se dicte sentencia judicial firme que lo condene o absuelva de los delitos por los cuales fue imputado y privado de libertad”.
Sin embargo, Súmate considera que “se está impidiendo que se exprese, como corresponde, la voluntad popular de los electores de esa localidad a través del voto”, en un carta que enviaron al concejo municipal de la entidad para instarlo a declarar la falta absoluta.
El gobierno interino de Rodríguez se mantiene hasta hoy, al igual que la ausencia “temporal” de Vidal que ya suma 13 meses separado de sus funciones.
Municipio Santos Michelena (Aragua). José Arias es ahora el alcalde interino luego de que Pedro Hernández fuera «capturado» por los cuerpos de seguridad por sus vínculos con la banda criminal de “El Conejo”, según denunció el propio presidente Nicolás Maduro a través del canal del Estado.
El nombramiento de Arias generó polémica porque se desempeñaba como presidente del Consejo Legislativo del estado Aragua. Sin embargo, para llenar los extremos legales, la cámara municipal lo juramentó como director general de la alcaldía antes de elegirlo como alcalde interino.
Arias informó que pidió un permiso no remunerado de 60 días para ausentarse de sus labores parlamentarias.
Consultado sobre cómo se llevó a cabo este procedimiento y el doble cargo que detenta, el abogado experto en derecho administrativo, Gustavo Linares Benzo, opina que se hizo “apegado a la ley”.
“El problema de detentar dos o más cargos públicos no son los cargos como tal sino el sueldo, por eso el ministro de Petróleo también es presidente de Pdvsa. Puedes detentar varios cargos siempre que percibas solo un ingreso por tus funciones”, explica Linares.
Sobre la convocatoria de elecciones, el abogado señala que esta decisión queda en manos del concejo municipal: “Faltan 90 días para que se decida si la ausencia del alcalde electo es absoluta o no, el concejo puede decir que no y, en consecuencia, sigue el que está ahorita nombrado. Si declaran que hay falta absoluta entonces habría elecciones, el concejo municipal decide de manera discrecional”.
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Con José Arias, en el municipio Santos Michelena (Aragua), son tres los alcaldes interinos que ha designado el chavismo tras la detención de las autoridades electas presuntamente vinculadas a la delincuencia organizada.
Aunque la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece, en su artículo 87, que para que haya falta absoluta debe haber una sentencia firme por parte de cualquier tribunal de la República, la norma también confiere el poder a los concejos municipales para decidir, en un periodo de 90 días, sí hay o no falta absoluta a partir del “análisis de las circunstancias que constituyen las razones de la ausencia”.
Esta atribución no es menor, ya que si la falta absoluta del alcalde se produce antes de que tome posesión del cargo o antes de que se cumpla la mitad de su periodo legal se debe convocar una nueva elección.
Sin embargo, el común denominador en los casos que explicaremos a continuación ha sido que el chavismo resuelve estos “vacíos” de poder con gobiernos interinos en lugar de convocar nuevos comicios, lo que atenta contra “el derecho a elegir y a ser elegido de los ciudadanos de esas localidades” consagrados en los artículos 63 y 67 de la Constitución, según alerta la asociación civil Súmate.
Municipio Semprún (Zulia). La detención de Keyrineth Fernández por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicos y asociación, debía resolverlo el concejo municipal designando a un funcionario “dentro del alto nivel de dirección ejecutiva”.
Sin embargo, fue elegido como alcalde interino Wuyhsmans González, quien fue candidato a ese mismo cargo en las elecciones de 2021, en contravención de la Ley.
Además de esto, transcurrieron los 90 días estipulados para que se decretara la falta absoluta de la exalcaldesa, pero a pesar de que la causa de su ausencia es su privativa de libertad por delitos contemplados en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, esto no fue razón suficiente para que el concejo municipal (de mayoría chavista) se pronunciara en este sentido.
El gobierno interino de González se mantiene hasta hoy, al igual que la ausencia de Fernández que ya suma 13 meses separada de sus funciones.
Municipio Independencia (Anzoátegui). Carlos Vidal fue privado de libertad por la presunta comisión de los delitos de contrabando agravado de combustible y financiamiento al terrorismo, peculado doloso propio y asociación para delinquir.
El entonces secretario general de la gobernación, Hernán Rodríguez Viña, fue designado como alcalde interino.
Los concejales acordaron tal nombramiento “mientras dure la ausencia temporal del titular (Carlos Rafael Vidal Bolívar), quien fue sometido a detención judicial; es decir, hasta que se dicte sentencia judicial firme que lo condene o absuelva de los delitos por los cuales fue imputado y privado de libertad”.
Sin embargo, Súmate considera que “se está impidiendo que se exprese, como corresponde, la voluntad popular de los electores de esa localidad a través del voto”, en un carta que enviaron al concejo municipal de la entidad para instarlo a declarar la falta absoluta.
El gobierno interino de Rodríguez se mantiene hasta hoy, al igual que la ausencia “temporal” de Vidal que ya suma 13 meses separado de sus funciones.
Municipio Santos Michelena (Aragua). José Arias es ahora el alcalde interino luego de que Pedro Hernández fuera «capturado» por los cuerpos de seguridad por sus vínculos con la banda criminal de “El Conejo”, según denunció el propio presidente Nicolás Maduro a través del canal del Estado.
El nombramiento de Arias generó polémica porque se desempeñaba como presidente del Consejo Legislativo del estado Aragua. Sin embargo, para llenar los extremos legales, la cámara municipal lo juramentó como director general de la alcaldía antes de elegirlo como alcalde interino.
Arias informó que pidió un permiso no remunerado de 60 días para ausentarse de sus labores parlamentarias.
Consultado sobre cómo se llevó a cabo este procedimiento y el doble cargo que detenta, el abogado experto en derecho administrativo, Gustavo Linares Benzo, opina que se hizo “apegado a la ley”.
“El problema de detentar dos o más cargos públicos no son los cargos como tal sino el sueldo, por eso el ministro de Petróleo también es presidente de Pdvsa. Puedes detentar varios cargos siempre que percibas solo un ingreso por tus funciones”, explica Linares.
Sobre la convocatoria de elecciones, el abogado señala que esta decisión queda en manos del concejo municipal: “Faltan 90 días para que se decida si la ausencia del alcalde electo es absoluta o no, el concejo puede decir que no y, en consecuencia, sigue el que está ahorita nombrado. Si declaran que hay falta absoluta entonces habría elecciones, el concejo municipal decide de manera discrecional”.