Presos en Venezuela condenados al abandono

ESPECIALES · 15 JUNIO, 2020 18:30

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Cristina González | @twdecristina

Foto por Una Ventana a la Libertad

“Venezuela tiene 84 tribunales de ejecución”

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Cumplió su pena y siguió encerrado. Carlos Jiménez fue condenado a 10 años de prisión, pero estuvo más de 11 privado de libertad.

Su padre acudió varias veces a organismos oficiales para pedir medidas humanitarias y también su excarcelación. No encontró respuesta en los tribunales ni en el Ministerio de Servicio Penitenciario.

«Quizás algún día se den cuenta de que hace un año se pagó la condena», comentó esperanzado, tres semanas antes de que Carlos falleciera, enfermo, aún dentro de la cárcel 26 de Julio del estado Guárico.

La administración carcelaria, centralizada por el Poder Ejecutivo, presenta fallas que cobran vidas en los recintos, entre quienes esperan algún auxilio médico o, incluso, el derecho a ser libres. 

«Dios, recibe a mi muchacho”, dice ahora el padre de Carlos. “Algún día te veré«.

Su hijo falleció tras las rejas en tiempos de liberación de presos. Hace un mes, 217 reclusos quedaron en libertad tras la evacuación del Centro Penitenciario de Los Llanos (Cepella), luego de que en este recinto ocurriera la peor tragedia carcelaria bajo la pandemia por COVID-19: la masacre de 47 reos.

Semanas antes, desde que el nuevo coronavirus llegó a Venezuela, el Ministerio de Servicio Penitenciario excarceló a más de mil reclusos en todo el país, bajo un mecanismo legal de «régimen de confianza».

La participación judicial en el otorgamiento de las medidas está orientada por la ministra Iris Varela. Desde marzo, los tribunales penales suspendieron sus actividades, salvo para casos urgentes, por resolución del Tribunal Supremo de Justicia, a propósito de la pandemia. La medida se ha prorrogado hasta el 12 de julio.

La medida permite a las personas cumplir su sentencia en libertad, con presentaciones periódicas ante las autoridades. Lo recomiendan los organismos internacionales de Derechos Humanos, como la ONU y la OMS, para aliviar el hacinamiento y disminuir el riesgo de contagio por coronavirus en las cárceles.

En Venezuela, la vida de quienes cumplen pena tras las rejas depende, principalmente, de medidas discrecionales del Ministerio de Servicio Penitenciario. Las garantías de justicia para los condenados han quedado a la sombra del gobierno, debido a cambios en la legislación carcelaria y a la inestabilidad laboral que afecta a una gran mayoría de jueces en el país.

El juez a un lado

Cuando una persona es condenada a prisión por cometer un delito, entra en acción el ‘juez de ejecución’. Se llama así porque se encarga de supervisar la ejecución de la pena; su duración y condiciones. Son los ojos de la justicia dentro de las cárceles. Como el resto de los tribunales penales, las funciones del juez de ejecución están actualmente paralizadas en el marco de la pandemia.

La página web del Tribunal Supremo de Justicia registra un total de 84 tribunales de ejecución penal, donde laboran 115 jueces. «¿Dónde están los tribunales de ejecución, que de acuerdo al precepto constitucional deben velar por los derechos humanos?», denuncia el experto penitenciario Pedro Rondón, ante irregularidades documentadas por organizaciones no gubernamentales.

Presos condenados al abandono

El 28 de mayo, por ejemplo, el Observatorio Venezolano de Prisiones denunció un presunto brote de tuberculosis en la cárcel 26 de Julio. Familiares reclamaron que al menos 28 reclusos estarían contagiados, sin asistencia médica habitual ni condiciones de higiene.

Carlos era uno de los enfermos. El padre no podía verlo, porque la cárcel no permite visitas de hombres. Por eso meses atrás una señora hizo el favor de acercarse. “Lo vio muy acabado; ya tenía tiempo afectado con la tuberculosis y la sarna”, recordó el padre, mientras lamentaba que el defensor público asignado al caso no contestara sus llamadas.

“Eso es pura negligencia”, afirma Alí Daniels, director de la organización Acceso a la Justicia. “Al juez le compete que las personas no pasen un día más presas de lo que tienen que estar. Y debe velar porque los derechos de las personas penadas sean respetados en los centros penitenciarios”.

El Código Orgánico Procesal Penal, que rige las acciones de justicia del Estado ante un delito, establece que los condenados podrán ejercer sus derechos durante la ejecución de la pena. Para ello, una de las funciones del tribunal de ejecución es visitar los centros donde están recluidos y reportar las irregularidades.

“Un juez de ejecución debería escuchar los casos de aquellos que están condenados y que se encuentran con enfermedades crónicas o de alta propagación, para otorgarles medidas sustitutivas de la pena”, explica el abogado Daniels. “Ese juez puede salvarle la vida a un preso”, expresa.

La gestión pública carcelaria cuenta con otro código, donde prevalece la intervención del Poder Ejecutivo: el Código Orgánico Penitenciario, aprobado en 2015. Esta norma eleva las competencias del Ministerio en relación a la derogada Ley de Régimen Penitenciario. Aquella legislación anterior precisaba labores del juez para vigilar y defender los derechos en las prisiones.

El OVP advirtió entonces que el nuevo Código carecía de mecanismos para proteger a los reclusos. “Menoscaba la figura del juez de ejecución”, declaró Humberto Prado, al frente de la ONG.

Sin contrapesos

Daniels enfatiza la falta de independencia judicial, como falla central. “Los jueces de ejecución, al igual que todos los jueces en Venezuela, tienen el principal problema de que no son jueces de carrera, sino que son nombrados a dedo y no tienen ninguna estabilidad”.

Apenas 31% de los jueces de ejecución del país son titulares, según información del TSJ. La mayoría desempeña el cargo en condiciones inestables: provisorios, temporales, suplentes especiales, itinerantes y accidentales.

“Pueden ser destituidos sin ningún tipo de explicación o procedimiento previo”, explica el abogado, y lo describe como una amenaza a la autonomía de los tribunales. Recuerda que esta dinámica data de 2003, cuando el Estado inició una revisión de los concursos para optar al cargo de juez titular.

El monopolio de la gestión penitenciaria, por parte del Ministerio, es una de las principales alertas de los especialistas. “Lo que hemos visto en estos 20 años es la centralización de todo, que todo lo maneje una mano desde Caracas. Todo en manos de una sola persona”, expresa Beatriz Girón, actual directora del OVP.

A las oficinas del Ministerio de Servicio Penitenciario, tras un viaje de Guárico a Caracas, llegó el padre de Carlos a solicitar una ayuda humanitaria para el recluso. Anotaron su número. No lo llamaron.

Los últimos intentos fueron virtuales. Pocos meses antes de la muerte de Carlos, el padre pedía ayuda a la ministra Iris Varela por mensajes de Twitter, y decía, entre lamento y paciencia: “Ella nunca me responde, pero yo lo sigo haciendo. Yo supongo que está muy ocupada”.

ESPECIALES · 15 JUNIO, 2020

Presos en Venezuela condenados al abandono

Texto por Cristina González | @twdecristina
Foto por Una Ventana a la Libertad

Cumplió su pena y siguió encerrado. Carlos Jiménez fue condenado a 10 años de prisión, pero estuvo más de 11 privado de libertad.

Su padre acudió varias veces a organismos oficiales para pedir medidas humanitarias y también su excarcelación. No encontró respuesta en los tribunales ni en el Ministerio de Servicio Penitenciario.

«Quizás algún día se den cuenta de que hace un año se pagó la condena», comentó esperanzado, tres semanas antes de que Carlos falleciera, enfermo, aún dentro de la cárcel 26 de Julio del estado Guárico.

La administración carcelaria, centralizada por el Poder Ejecutivo, presenta fallas que cobran vidas en los recintos, entre quienes esperan algún auxilio médico o, incluso, el derecho a ser libres. 

«Dios, recibe a mi muchacho”, dice ahora el padre de Carlos. “Algún día te veré«.

Su hijo falleció tras las rejas en tiempos de liberación de presos. Hace un mes, 217 reclusos quedaron en libertad tras la evacuación del Centro Penitenciario de Los Llanos (Cepella), luego de que en este recinto ocurriera la peor tragedia carcelaria bajo la pandemia por COVID-19: la masacre de 47 reos.

Semanas antes, desde que el nuevo coronavirus llegó a Venezuela, el Ministerio de Servicio Penitenciario excarceló a más de mil reclusos en todo el país, bajo un mecanismo legal de «régimen de confianza».

La participación judicial en el otorgamiento de las medidas está orientada por la ministra Iris Varela. Desde marzo, los tribunales penales suspendieron sus actividades, salvo para casos urgentes, por resolución del Tribunal Supremo de Justicia, a propósito de la pandemia. La medida se ha prorrogado hasta el 12 de julio.

La medida permite a las personas cumplir su sentencia en libertad, con presentaciones periódicas ante las autoridades. Lo recomiendan los organismos internacionales de Derechos Humanos, como la ONU y la OMS, para aliviar el hacinamiento y disminuir el riesgo de contagio por coronavirus en las cárceles.

En Venezuela, la vida de quienes cumplen pena tras las rejas depende, principalmente, de medidas discrecionales del Ministerio de Servicio Penitenciario. Las garantías de justicia para los condenados han quedado a la sombra del gobierno, debido a cambios en la legislación carcelaria y a la inestabilidad laboral que afecta a una gran mayoría de jueces en el país.

El juez a un lado

Cuando una persona es condenada a prisión por cometer un delito, entra en acción el ‘juez de ejecución’. Se llama así porque se encarga de supervisar la ejecución de la pena; su duración y condiciones. Son los ojos de la justicia dentro de las cárceles. Como el resto de los tribunales penales, las funciones del juez de ejecución están actualmente paralizadas en el marco de la pandemia.

La página web del Tribunal Supremo de Justicia registra un total de 84 tribunales de ejecución penal, donde laboran 115 jueces. «¿Dónde están los tribunales de ejecución, que de acuerdo al precepto constitucional deben velar por los derechos humanos?», denuncia el experto penitenciario Pedro Rondón, ante irregularidades documentadas por organizaciones no gubernamentales.

Presos condenados al abandono

El 28 de mayo, por ejemplo, el Observatorio Venezolano de Prisiones denunció un presunto brote de tuberculosis en la cárcel 26 de Julio. Familiares reclamaron que al menos 28 reclusos estarían contagiados, sin asistencia médica habitual ni condiciones de higiene.

Carlos era uno de los enfermos. El padre no podía verlo, porque la cárcel no permite visitas de hombres. Por eso meses atrás una señora hizo el favor de acercarse. “Lo vio muy acabado; ya tenía tiempo afectado con la tuberculosis y la sarna”, recordó el padre, mientras lamentaba que el defensor público asignado al caso no contestara sus llamadas.

“Eso es pura negligencia”, afirma Alí Daniels, director de la organización Acceso a la Justicia. “Al juez le compete que las personas no pasen un día más presas de lo que tienen que estar. Y debe velar porque los derechos de las personas penadas sean respetados en los centros penitenciarios”.

El Código Orgánico Procesal Penal, que rige las acciones de justicia del Estado ante un delito, establece que los condenados podrán ejercer sus derechos durante la ejecución de la pena. Para ello, una de las funciones del tribunal de ejecución es visitar los centros donde están recluidos y reportar las irregularidades.

“Un juez de ejecución debería escuchar los casos de aquellos que están condenados y que se encuentran con enfermedades crónicas o de alta propagación, para otorgarles medidas sustitutivas de la pena”, explica el abogado Daniels. “Ese juez puede salvarle la vida a un preso”, expresa.

La gestión pública carcelaria cuenta con otro código, donde prevalece la intervención del Poder Ejecutivo: el Código Orgánico Penitenciario, aprobado en 2015. Esta norma eleva las competencias del Ministerio en relación a la derogada Ley de Régimen Penitenciario. Aquella legislación anterior precisaba labores del juez para vigilar y defender los derechos en las prisiones.

El OVP advirtió entonces que el nuevo Código carecía de mecanismos para proteger a los reclusos. “Menoscaba la figura del juez de ejecución”, declaró Humberto Prado, al frente de la ONG.

Sin contrapesos

Daniels enfatiza la falta de independencia judicial, como falla central. “Los jueces de ejecución, al igual que todos los jueces en Venezuela, tienen el principal problema de que no son jueces de carrera, sino que son nombrados a dedo y no tienen ninguna estabilidad”.

Apenas 31% de los jueces de ejecución del país son titulares, según información del TSJ. La mayoría desempeña el cargo en condiciones inestables: provisorios, temporales, suplentes especiales, itinerantes y accidentales.

“Pueden ser destituidos sin ningún tipo de explicación o procedimiento previo”, explica el abogado, y lo describe como una amenaza a la autonomía de los tribunales. Recuerda que esta dinámica data de 2003, cuando el Estado inició una revisión de los concursos para optar al cargo de juez titular.

El monopolio de la gestión penitenciaria, por parte del Ministerio, es una de las principales alertas de los especialistas. “Lo que hemos visto en estos 20 años es la centralización de todo, que todo lo maneje una mano desde Caracas. Todo en manos de una sola persona”, expresa Beatriz Girón, actual directora del OVP.

A las oficinas del Ministerio de Servicio Penitenciario, tras un viaje de Guárico a Caracas, llegó el padre de Carlos a solicitar una ayuda humanitaria para el recluso. Anotaron su número. No lo llamaron.

Los últimos intentos fueron virtuales. Pocos meses antes de la muerte de Carlos, el padre pedía ayuda a la ministra Iris Varela por mensajes de Twitter, y decía, entre lamento y paciencia: “Ella nunca me responde, pero yo lo sigo haciendo. Yo supongo que está muy ocupada”.