El presidente Donald Trump emitió durante la noche de este jueves 6 de agosto una orden ejecutiva “sobre abordar la amenaza planteada por TikTok”, que entrará en vigencia en 45 días.
Este dictamen prohíbe “cualquier transacción” con ByteDance, la compañía china propietaria de TikTok, y seguramente enfrentará desafíos legales.
La orden mandatario estadounidense prohibiría que la aplicación de redes sociales de origen chino opere en los EEUU, si en esos 45 días no es vendida por su empresa matriz.
La orden no establece que se deba enviar cierta cantidad de dinero de la venta al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, en el cual el Presidente ha estado insistiendo durante varios días.
La orden alega que TikTok “captura automáticamente grandes extensiones de información de sus usuarios, incluyendo Internet y otra información de actividad de la red, como datos de ubicación y navegación e historiales de búsqueda”.
App del Partido Comunista
Según Washington, esta recopilación de datos amenaza con permitir que el Partido Comunista Chino acceda a información personal propiedad de los estadounidenses, que potencialmente permitiría a China rastrear las ubicaciones de los empleados y contratistas federales, crear expedientes de información personal para chantajear y realizar espionaje corporativo.
También la orden de Trump afirma que la plataforma censura “el contenido que el Partido Comunista Chino considera políticamente sensible” y “también puede usarse para campañas de desinformación que benefician al Partido, como cuando los videos de TikTok difunden teorías de conspiración desacreditadas sobre los orígenes del COVID-19”
La orden establece: “Las siguientes acciones estarán prohibidas a partir de 45 días después de la fecha de esta orden, en la medida permitida por la ley aplicable: cualquier transacción por parte de cualquier persona, o con respecto a cualquier propiedad, sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos , con ByteDance Ltd. (también conocido como Zìjié Tiàodòng), Beijing, China, o sus subsidiarias, en las cuales cualquier compañía tiene algún interés, según lo identificado por el Secretario de Comercio (Secretario) en la sección 1 (c) de esta orden “.

