La Asamblea Nacional dará el primer paso para salir del gobierno del presidente Nicolás Maduro este jueves 10 de marzo: la aprobación en primera discusión de la ley de referendos.

El texto consta de 89 artículos y según la exposición de motivos tiene como principal objetivo garantizar los derechos políticos consagrados en la Constitución de la República.

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La sanción de este instrumento jurídico regiría todo lo que hizo el Consejo Nacional Electoral a través de un reglamento para  los referendos de 2004 y 2007, respectivamente.

El proyecto de ley orgánica de referendos estipula que los órganos electorales deberán prestar todo tipo de colaboración, bien sea para las organizaciones políticas o los grupos de ciudadanos que decidan invocar un referendo. Asimismo, estipula que ningún reglamento podrá estar por encima de la ley orgánica, por lo que insta a que el poder electoral no obstaculice las iniciativas que en la materia surjan.

El proyecto de ley orgánica de referendos al que tuvo acceso Efecto Cocuyo determina que hay tres grupos que pueden solicitar alguno de los siete tipos de referendo que existen: agrupaciones de ciudadanos, organizaciones políticas o algún poder público.

Para la solicitud de alguno de los mecanismos se recogerán el 5% o 10% de firmas de las personas que integran el Registro Electoral. Para ello el CNE deberá facilitar no menos de 2.000 puntos de recolección y quienes decidan participar deben presentar su cédula de identidad y verificar sus datos a través de un sistema biométrico.

El texto presentado este jueves 10 en plenaria tiene la novedad que blinda a aquellos ciudadanos que decidan participar en un referendo. La norma jurídica obliga al Poder Electoral a resguardar por un lapso posterior a los 60 días de celebrado el referendo el Registro de los participantes, posteriormente deberá eliminarlos. Quien incumpla con lo que establece el artículo 37 puede ser sancionado penalmente.

Sobre la discusion del texto el Jefe de la bancada de la Mesa de la Unidad Democrática anunció que el pasado miércoles 9 de marzo la instancia parlamentaria presentó formalmente la solicitud de un referendo revocatorio.

“Voy a pedir una reunión a los directivos del CNE para que participen en ella para que sea rápida y con el consentimiento de todos los actores, para que en el CNE no digan que no lo conocen”, puntualizó el parlamentario de Primero Justicia.

Lo que quiere la MUD

El pasado martes 8 de marzo la MUD estableció una hoja de ruta para salir constitucionalmente del gobierno del presidente Nicolás Maduro. Decidieron ir por una enmienda, un referendo revocatorio y la renuncia voluntaria del Jefe de Estado. Como carta maestra está la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente.

El proyecto de ley orgánica de referendos norma tres de esos cuatro escenarios.

Sobre la celebración de un referendo revocatorio, la norma jurídica establece que requiere que el 20% de los ciudadanos deberán participar para su convocatoria.

El artículo 60 de la ley orgánica de referendos reza que: Cuando igual o mayor número de ciudadanos inscritos en el RE que eligieron al funcionario hubieren votado a favor de la revocatoria,siempre que haya concurrido al referendo un número superior al 25% de ciudadanos inscritos en el RE se considera revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme con lo dispuesto en la Constitución.

Para una enmienda constitucional se hará con el 15% del Registro Electoral o bien con el 30% de los integrantes de la AN.

Para una Asamblea Nacional Constituyente se requerirá la mayoría del Poder Legislativo o el 15% del RE.

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