Este jueves fue publicada en la Gaceta Oficial número 40.909, con fecha del 23 de mayo del 2016, una sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la que se explica cómo se deberá actuar en caso de que una persona ostente diversas nacionalidades y una de ellas sea venezolana. Esta decisión generó mucha polémica en el país, por interpretaciones diversas que se hicieron virales en las redes sociales.

“Sentencia de la Sala Constitucional que establece, con carácter vinculante, que ante el supuesto de que una persona ostente múltiples nacionalidades y una de ellas sea la venezolana, será ésta la que tenga prevalencia en todo lo concerniente al régimen jurídico aplicable a la misma”, se puede apreciar en la primera página del documento.

Según lo que se aprecia en el desarrollo de la sentencia, ésta va dirigida a resolver un anterior decreto, con el que se busca otorgarle el pasaporte venezolano a una niña menor de edad con múltiples nacionalidades, que anteriormente habían negado.

No obstante, ante el historial de denuncias realizadas por la oposición venezolana acerca de una presunta doble nacionalidad del presidente Nicolás Maduro y de una posible violación del artículo 41 de la Constitución, esta resolución se prestó para diversas interpretaciones.

El profesor y abogado constitucionalista, Pedro Afonso Del Pino, expresó a Efecto Cocuyo que, para él, la sentencia no guarda ningún tipo de relación con los cargos públicos en el país. “Creo que es una falsa alarma. Es un amparo contra una sentencia decretada hace poco. No encuentro contradicción entre la sentencia y la Constitución“.

De igual forma, agregó que “la sentencia no dice nada de que ahora los cargos públicos podrán ser ostentados por personas con doble nacionalidad“.

Por otro lado, para el exmagistrado Juan Carlos Apitz, la resolución no altera de ninguna manera el artículo 41 de la Constitución. “A mí no me permite (la sentencia) decir que el articulo 41 constitucional se altera. En ningún momento pierde vigencia“. Sin embargo, no descartó que la sentencia guarde relación con el jefe de Estado. “Quizás, de algún modo, busquen (el TSJ) favorecer a Maduro”.

Según su opinión, debido a toda la polémica que se ha generado con este decreto del TSJ, el mandatario “está obligado a explicarle a la opinión pública su asunto de la nacionalidad”.

“La denuncia que aparece contra Maduro es la siguiente: no es que nació en otro país sino que, según la Constitución de Colombia, al tener padres colombianos y haber vivido un tiempo en ese territorio, automáticamente cuentas con esa nacionalidad. Maduro, se cree, cuenta con esos requisitos”, señaló.

A continuación, el documento completo de la Gaceta Oficial:

Gaceta Oficial 40.909

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